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Ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, San Martín 950 piso 7, en causa RIT: C-2633-2026, RUC: 25-4-0650451-7 caratulada "Abello/Núñez" y con fecha dos de julio de dos mil veint
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NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, San Martín 950 piso 7, en
causa RIT: C-2633-2026, RUC: 25-4-0650451-7 caratulada "Abello/Núñez" y con fecha dos de
julio de dos mil veintiséis, se ordenó notificar a la demandada Mabel Evelyn Núñez Monsalve
RUT 13.912.610-6, la presente resolución conjuntamente con la liquidación del crédito de fecha
1 de julio de 2026. Requerimiento: "Santiago, dos de julio de dos mil veintiséis. Requiérase a
doña Mabel Evelyn Núñez Monsalve, para que dentro del plazo de cinco días establecido en el
artículo 466 del Código del Trabajo, pague a doña Yordalis Abello Gómez, o a quién sus
derechos represente, la suma de $14.077.933 (catorce millones setenta y siete mil novecientos
treinta y tres pesos), más reajustes, intereses y costas de la ejecución; además la suma de
$200.000.- correspondiente a las costas personales a que fue condenado el demandado en la
instancia en que se dictó la sentencia que sirve de base a la ejecución. La liquidación del crédito
se tendrá por aprobada si en el plazo de cinco días no fuere objetada en los términos que dispone
el artículo 469 del Código del Trabajo. Notifíquese al efecto por Carta certificada a la parte
demandante. Asimismo, junto con la liquidación se notificará el requerimiento a la demandada,
la cual tendrá el plazo de cinco días para oponer las excepciones de conformidad a lo previsto en
el artículo 470 del Código del Trabajo. Advirtiéndose del examen vía interconexión de la causa
en que se dictó la sentencia que sirve de base a la presente ejecución, RIT T-662-2025 del Primer
Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que se configuran los presupuestos de la notificación
por avisos que prevé el Artículo 439 del Código del Trabajo respecto de la demandada de autos,
notifíquese mediante aviso la liquidación del crédito y el requerimiento de pago a Mabel Evelyn
Núñez Monsalve, RUT 13.912.610-6, la cual tendrá el plazo de cinco días para oponer las
excepciones de conformidad a lo previsto en el artículo 470 del Código del Trabajo. La
demandada antes individualizada se tendrá por requerida de pago en la fecha de publicación del
aviso, para cuyo efecto, el ministro de fe del Tribunal deberá confeccionar su texto, el que deberá
contener el extracto de las actuaciones señaladas precedentemente, y se publicará por una vez en
el Diario Oficial, circunstancia de la que deberá dejarse constancia en autos. En virtud de los
principios de celeridad y de oficialidad, consagrados en el artículo 425 del Código del Trabajo,
en relación al artículo 465 del mismo cuerpo legal, se decretan las siguientes diligencias: 1)
Ofíciese a la Tesorería General de la República para los efectos de proceder a la retención a que
se refiere el artículo 467 del Código del Trabajo, hasta por la suma de $14.077.933 (catorce
millones setenta y siete mil novecientos treinta y tres pesos). 2) A través de la vía que se
encuentra autorizada para el efecto, el funcionario habilitado del tribunal, deberá obtener e
incorporar a la presente causa la información que se registre en la Comisión para el Mercado
Financiero, relativa a las entidades bancarias y financieras en que mantenga acreencias la
demandada Mabel Evelyn Núñez Monsalve, RUT 13.912.610-6. 3) Asimismo, a través de la vía
que se encuentra autorizada para el efecto, el funcionario habilitado del tribunal, deberá obtener e
incorporar a la presente causa información que se registre en el Registro de Vehículos
Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, relativa a inscripción de vehículos a
nombre de la demandada Mabel Evelyn Núñez Monsalve, RUT 13.912.610-6. Para los efectos
del pago, la parte ejecutada deberá utilizar preferentemente el cupón de pago o en su defecto la
modalidad de transferencia electrónica. 1) cupón de pago a) Pago en línea, para aquellos usuarios
que mantengan alguna cuenta vigente (Rut, Vista, o Corriente) en el Banco Estado: - Ingresar al
sitio del Poder Judicial www.poderjudicial.cl, sección cupón de pago; - Ingresar correctamente
los datos solicitados; - Elegir la opción "Pago en Línea Banco Estado" y completar el pago
respectivo. b) Consignación, en la cuenta corriente del tribunal: -Ingresar al sitio del Poder
Judicial www.poderjudicial.cl, sección cupón de pago.- Ingresar correctamente los datos
solicitados. -Elegir la opción "cupón de pago" - Depositar presencialmente en las oficinas de
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