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VAL COMPANY SPA" y con fecha dos de julio de dos
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NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, San Martín 950 piso 7, en
causa RIT: C-2673-2026, RUC: 25-4-0729947-K caratulada "ROSERO/VAL COMPANY SPA"
y con fecha dos de julio de dos mil veintiséis, se ordenó notificar a la demandada VAL
COMPANY SpA, RUT 77.099.314-8, representada legalmente por HERNÁN VALDIVIESO
SOTOMAYOR, cédula de identidad N° 10.212.327-1, la presente resolución conjuntamente con
la liquidación del crédito de fecha 1 de julio de 2026. Requerimiento: "Santiago, dos de julio de
dos mil veintiséis. Requiérase a don HERNÁN VALDIVIESO SOTOMAYOR, en
representación de VAL COMPANY SpA, para que dentro del plazo de cinco días establecido en
el artículo 466 del Código del Trabajo, pague a don JOHN JAIRO ROSERO, o a quién sus
derechos represente, la suma de $1.928.430 (un millón novecientos veintiocho mil cuatrocientos
treinta pesos), más reajustes, intereses y costas. La liquidación del crédito se tendrá por aprobada
si en el plazo de cinco días no fuere objetada en los términos que dispone el artículo 469 del
Código del Trabajo. Notifíquese al efecto por Carta certificada a la parte demandante Asimismo,
junto con la liquidación se notificará el requerimiento a la demandada, la cual tendrá el plazo de
cinco días para oponer las excepciones de conformidad a lo previsto en el artículo 470 del
Código del Trabajo. Advirtiéndose del examen vía interconexión de la causa en que se dictó la
sentencia que sirve de base a la presente ejecución, RIT M-5642-2025 del Primer Juzgado de
Letras del Trabajo de Santiago, que se configuran los presupuestos de la notificación por avisos
que prevé el artículo 439 del Código del Trabajo respecto de la demandada de autos, notifíquese
mediante aviso la liquidación del crédito y el requerimiento de pago a VAL COMPANY SpA
RUT 77.099.314-8, representada legalmente por HERNÁN VALDIVIESO SOTOMAYOR, la
cual tendrá el plazo de cinco días para oponer las excepciones de conformidad a lo previsto en el
artículo 470 del Código del Trabajo. La demandada antes individualizada se tendrá por requerida
de pago en la fecha de publicación del aviso, para cuyo efecto, el ministro de fe del Tribunal
deberá confeccionar su texto, el que deberá contener el extracto de las actuaciones señaladas
precedentemente, y se publicará por una vez en el Diario Oficial, circunstancia de la que deberá
dejarse constancia en autos. En virtud de los principios de celeridad y de oficialidad, consagrados
en el artículo 425 del Código del Trabajo, en relación al artículo 465 del mismo cuerpo legal, se
decretan las siguientes diligencias: 1) Ofíciese a la Tesorería General de la República para los
efectos de proceder a la retención a que se refiere el artículo 467 del Código del Trabajo, hasta
por la suma de $1.928.430 (un millón novecientos veintiocho mil cuatrocientos treinta pesos). 2)
A través de la vía que se encuentra autorizada para el efecto, el funcionario habilitado del
tribunal, deberá obtener e incorporar a la presente causa la información que se registre en la
Comisión para el Mercado Financiero, relativa a las entidades bancarias y financieras en que
mantenga acreencias la demandada VAL COMPANY SpA RUT 77.099.314-8. 3) Asimismo, a
través de la vía que se encuentra autorizada para el efecto, el funcionario habilitado del tribunal,
deberá obtener e incorporar a la presente causa información que se registre en el Registro de
Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, relativa a inscripción de
vehículos a nombre de la demandada VAL COMPANY SpA RUT 77.099.314-8. Para los efectos
del pago, la parte ejecutada deberá utilizar preferentemente el CUPÓN DE PAGO o en su
defecto la modalidad de TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA. 1) CUPÓN DE PAGO a) PAGO
EN LINEA, para aquellos usuarios que mantengan alguna cuenta vigente (Rut, Vista, o
Corriente) en el Banco Estado: - Ingresar al sitio del Poder Judicial www.poderjudicial.cl,
sección CUPÓN DE PAGO; - Ingresar correctamente los datos solicitados; - Elegir la opción
"PAGO EN LINEA BANCO ESTADO" y completar el pago respectivo. b) CONSIGNACIÓN,
en la cuenta corriente del tribunal: - Ingresar al sitio del Poder Judicial www.poderjudicial.cl,
sección CUPÓN DE PAGO. - Ingresar correctamente los datos solicitados. -Elegir la opción
"CUPÓN DE PAGO" - Depositar presencialmente en las oficinas de Banco Estado la suma
correspondiente. 2) TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA, por medio de su institución bancaria,
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