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Delega Facultad de Suscribir Documentos Que Indica, en el Director Control Drogas e Investigación Criminal
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 11 de junio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Subsecretaría de Seguridad Pública
Carabineros de Chile
Dirección General
DELEGA FACULTAD DE SUSCRIBIR DOCUMENTOS QUE INDICA, EN EL
DIRECTOR CONTROL DROGAS E INVESTIGACIÓN CRIMINAL
Núm. 326 exenta.- Santiago, 1 de junio de 2026.
(Resolución)
Visto:
a) El artículo 51 de la Ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, que
establece las facultades conferidas al General Director para la dirección y administración de la
Institución;
b) Lo previsto en el artículo 52, letra j), de la Ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de
Carabineros de Chile, que faculta al General Director para delegar, mediante resolución, parte de
sus atribuciones meramente administrativas u obligaciones o deberes de carácter protocolar, en
otras autoridades institucionales, incluyendo la facultad de firmar en determinados actos sobre
materias específicas;
c) Lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N° 19.880, que establece las bases de los
procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del
Estado;
d) El artículo 8° del Reglamento de Documentación y Archivo de Carabineros de Chile,
aprobado mediante el decreto supremo N° 322, de 2022, del entonces Ministerio del Interior y
Seguridad Pública; en relación con los artículos 4°, 5° y 6°, de su Directiva, aprobada mediante
la Orden General N° 3.122, de 11.03.2024;
e) Lo establecido en la Orden General N° 2.703 de 07.11.2019, publicada en el B/O N°
4846, que aprueba la Directiva de Organización y Funcionamiento de la Dirección Control
Drogas e Investigación Criminal de Carabineros de Chile; y
f) La resolución N° 36, de 19.12.2024, de la Contraloría General de la República, que fija
normas sobre exención del trámite de toma de razón, publicada en el Diario Oficial N° 44.031,
de 23.12.2024, modificada y complementada mediante la resolución N° 8, de 24.03.2025,
publicada en el Diario Oficial N° 44.124, del 12.04.2025.
Considerando:
1.- La conveniencia de optimizar los procesos asociados a la tramitación de diversa y
numerosa documentación que es de conocimiento y resolución de esta Dirección General de
Carabineros.
2.- Las razones de ordenamiento administrativo y de buen servicio, que hacen necesario y
conveniente delegar la firma de correspondencia y/o documentación sobre determinadas materias
atendida su especificidad, relacionadas con el ámbito de gestión y responsabilidad de la
Dirección Control Drogas e Investigación Criminal, tales como procedimientos policiales
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determinados y, en general, aquello concerniente a los requerimientos relacionados con las
acciones institucionales vinculadas al control preventivo especializado, investigación del tráfico
ilícito de drogas, crimen organizado, entre otras materias; medida que se orienta a procurar
rapidez, celeridad y oportunidad en las respuestas que deben brindarse a los diversos
requerimientos planteados a esta Dirección General.
Se resuelve:
A. Delégase, en el Director Control Drogas e Investigación Criminal de Carabineros de
Chile, la facultad de firmar, bajo la fórmula "Por orden del General Director", la correspondencia
y oficios que den respuesta a los requerimientos que se formulen a esta Dirección General, por
parte de autoridades u organismos públicos y privados, tales como, instituciones del Estado,
organizaciones no gubernamentales, entidades de control y fiscalización, personas naturales y
jurídicas en general, respecto de situaciones administrativas y procesos de su responsabilidad,
tales como procedimientos policiales de su competencia, como asimismo, en lo concerniente a
las acciones institucionales vinculadas al control preventivo especializado, investigación del
tráfico ilícito de drogas y el crimen organizado, entre otras materias.
B. Determínase, que se exceptúan del presente acto administrativo aquellas materias que por
mandato legal o reglamentario se encuentran radicadas exclusivamente en el General Director de
Carabineros, o que ya se encuentren delegadas en otras autoridades institucionales.
C. Dispónese, que la Dirección Control Drogas e Investigación Criminal deberá remitir a
esta Dirección General copia de la correspondencia y oficios mediante los cuales brinde
respuesta a los requirentes, a más tardar dentro del quinto día hábil contado desde la firma de los
documentos.
Publíquese en el Boletín Oficial y en el Diario Oficial.- Marcelo L. Araya Zapata, General
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