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Diario Oficial· normas_generales

Delega Facultad de Suscribir Documentos Que Indica, en el Jefe de la Zona de Seguridad Privada, Control de Armas y Explosivos

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 11 de junio de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA Subsecretaría de Seguridad Pública Carabineros de Chile Dirección General DELEGA FACULTAD DE SUSCRIBIR DOCUMENTOS QUE INDICA, EN EL JEFE DE LA ZONA DE SEGURIDAD PRIVADA, CONTROL DE ARMAS Y EXPLOSIVOS Núm. 327 exenta.- Santiago, 1 de junio de 2026. (Resolución) Visto: a) El artículo 51, de la Ley Nº 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, que establece las facultades conferidas al General Director para la dirección y administración de la Institución; b) Lo previsto en el artículo 52, letra j), de la Ley Nº 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, que faculta al General Director para delegar, mediante resolución, parte de sus atribuciones meramente administrativas u obligaciones o deberes de carácter protocolar, en otras autoridades institucionales, incluyendo la facultad de firmar en determinados actos sobre materias específicas; c) Lo dispuesto en el artículo 3º, de la Ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la administración del Estado; d) El artículo 8º, del Reglamento de Documentación y Archivo de Carabineros de Chile, aprobado mediante el decreto supremo Nº 322, de 2022, del entonces Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en relación con los artículos 4º, 5º y 6º, de su Directiva, aprobada mediante la orden general Nº 3.122, de 11.03.2024; e) Lo establecido en la orden general Nº 2.673 de 25.07.2019, publicada en el B/O Nº 4830, que aprueba la Directiva de Organización y Funcionamiento de la Zona de Seguridad Privada, Control de Armas y Explosivos; y f) La resolución Nº 36, de 19.12.2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, publicada en el Diario Oficial Nº 44.031, del 23.12.2024, modificada y complementada mediante la resolución Nº 8, de 24.03.2025, publicada en el Diario Oficial Nº 44.124, del 12.04.2025. Considerando: 1.- La conveniencia de optimizar los procesos asociados a la tramitación de diversa y numerosa documentación que es de conocimiento y resolución de esta Dirección General de Carabineros. 2.- Las razones de ordenamiento administrativo y de buen servicio, que hacen necesario y conveniente delegar la firma de correspondencia y/o documentación sobre determinadas materias atendida su especificidad, relacionadas con el ámbito de gestión y responsabilidad de la Zona de Seguridad Privada, Control de Armas y Explosivos, tales como la planificación, organización, dirección, coordinación, difusión, control y evaluación de las actividades inherentes al ámbito de la Seguridad Privada y el Control de Armas y Explosivos; medida que se orienta a procurar rapidez, celeridad y oportunidad en las respuestas que deben brindarse a los diversos requerimientos planteados a esta Dirección General. Sitio Web: www.diarioficial.cl Se resuelve: A.- Delégase, en el Jefe de la Zona de Seguridad Privada, Control de Armas y Explosivos, la facultad de firmar, bajo la fórmula “Por orden del General Director”, la correspondencia y oficios que den respuesta a los requerimientos que se formulen a esta Dirección General, por parte de autoridades u organismos públicos y privados, tales como instituciones del Estado, organizaciones no gubernamentales, entidades de control y fiscalización, personas naturales y jurídicas en general, respecto de situaciones administrativas y procesos de su responsabilidad, tales como procedimientos policiales relativos a su ámbito de gestión, peticiones o solicitudes propias de su competencia, relativas a la planificación, organización, dirección, coordinación, difusión, control y evaluación de las actividades inherentes al ámbito de la Seguridad Privada y el Control de Armas y Explosivos, entre otras materias. B.- Determínase, que se exceptúan del presente acto administrativo aquellas materias que por mandato legal o reglamentario se encuentran radicadas exclusivamente en el General Director de Carabineros, o que ya se encuentren delegadas en otras autoridades institucionales. C.- Dispónese, que la Zona de Seguridad Privada, Control de Armas y Explosivos deberá remitir a esta Dirección General, copia de la correspondencia y oficios mediante los cuales brinde respuesta a los requirentes, a más tardar dentro del quinto día hábil contado desde la firma de los documentos. Publíquese en el Boletín Oficial y en el Diario Oficial.- Marcelo L. Araya Zapata, General

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