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Síndico Vicente Felipe Toresano Soldevilla de la Tercera Nómina Nacional de Síndicos
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 4 de agosto de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia
EXCLUYE AL SÍNDICO VICENTE FELIPE TORESANO SOLDEVILLA DE LA
TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS
Núm. 85.- Santiago, 30 de junio de 2026.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 32 N° 10 de la Constitución Política de la República; en el Libro
IV del Código de Comercio; en la Ley N° 20.720, que sustituye el régimen concursal vigente por
una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la
Superintendencia del ramo; en el decreto N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar “Por orden del Presidente de la
República”; en el decreto N° 1.071, de 1983, del Ministerio de Justicia, que Fija Tercera Nómina
Nacional de Síndicos; en el decreto N° 141, de 2003, del Ministerio de Justicia, que nombra e
incluye a Vicente Felipe Toresano Soldevilla en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos; en la
resolución N° 36, de 2024, modificada y complementada por la resolución N° 8, de 2025, ambas
de la Contraloría General de la República; los oficios SUPERIR N° 20235, de 2025, y N° 5085,
de 2026, ambos de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento; en el Ord. N° 1.219,
de 2026, de la Subsecretaría de Justicia; en la presentación realizada por don Vicente Felipe
Toresano Soldevilla, y en la demás normativa aplicable.
Considerando:
1.- Que, por decreto N° 141, de 21 de febrero de 2003, del Ministerio de Justicia, se nombró
a don Vicente Felipe Toresano Soldevilla, RUN N° 4.064.249-8, como Síndico Privado de
Quiebras, y se le incluyó en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, fijada por decreto N°
1.071, de 1983, también del Ministerio de Justicia.
2.- Que, consta en los oficios SUPERIR N° 20235 y N° 5085, de fecha 18 de noviembre de
2025 y 2 de abril de 2026, respectivamente, ambos de la Superintendencia de Insolvencia y
Reemprendimiento, que el síndico aludido comunicó su renuncia al cargo mencionado de
acuerdo al artículo 22, numeral 9° del Libro IV del Código de Comercio, a través de carta de
renuncia de 4 de noviembre de 2025, presentada ante la referida Superintendencia, bajo el
número de ingreso 0138483.
3.- Que, sumado a lo señalado anteriormente, mediante el precitado oficio N° 20235, de
2025, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, informó a esta Cartera de Estado
los procedimientos de quiebras que se encontraban vigentes a la fecha de la señalada
comunicación de renuncia, para efectos de disponer su exclusión de la Tercera Nómina Nacional
de Síndicos.
4.- Que, conforme lo dispuesto en el artículo primero transitorio de la Ley N° 20.720, las
quiebras, convenios y cesiones de bienes en actual tramitación, o que se hubieren iniciado antes
de la época de su entrada en vigencia, se regirán por las disposiciones contenidas en el Libro IV
del Código de Comercio.
5.- Que, en atención a los fundamentos expuestos, los antecedentes acompañados y lo
estipulado en la causal contemplada en el numeral 9° del artículo 22 del Libro IV del Código de
Comercio, corresponde disponer la exclusión de la señalada nómina al Sr. Vicente Felipe
Toresano Soldevilla.
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