Diario Oficial· normas_generales
Designa Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región de Antofagasta a D. Rodrigo Alejandro Medina Vera
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 4 de agosto de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE SALUD
Subsecretaría de Salud Pública
DESIGNA SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD DE LA REGIÓN DE
ANTOFAGASTA A D. RODRIGO ALEJANDRO MEDINA VERA
Núm. 30.- Santiago, 24 de marzo de 2026.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 7 y N° 10 del decreto supremo N° 100, de 2005, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Constitución Política de la República; la ley N° 21.796, de Presupuestos del
Sector Público correspondiente al año 2026; el artículo 26°, del DFL N° 1/19.653, de 2000, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado; los artículos 7° letra b) y 14 del DFL N° 29, de 2004, del Ministerio
de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18 834, sobre
Estatuto Administrativo; los artículos 10 y 11 del DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud,
que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de
las leyes N° 18.933 y N° 18.469; el DFL N° 5, de 2004. del Ministerio de Salud, que fija la
Planta de Personal de la Subsecretaría de Salud Pública; el decreto supremo N° 38, de 2026, del
Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra a la Ministra de Salud; el artículo 31°
del decreto supremo N° 136, de 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico del
Ministerio de Salud; los artículos 61° y 62° del DFL N° 1-19.175, de 2005, del Ministerio del
Interior, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley N° 19.175,
Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; el artículo 6° de la ley N°
20.955, que perfecciona el sistema de Alta Dirección Pública y fortalece la Dirección Nacional
del Servicio Civil, y la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que
fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1. Que, de acuerdo con los artículos 10° y 11º del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005,
del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley
N° 2.763, de 1979 y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469 y el decreto con fuerza de ley N° 5, de
2004, del Ministerio de Salud, que fija planta de personal para la Subsecretaría de Salud Pública;
así como en el artículo 31 del decreto supremo N° 136, de 2004, del Ministerio de Salud,
Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud, en cada región del país existirá una Secretaría
Regional Ministerial, que será el representante del Ministerio en la Región y colaborador directo
del Delegado Presidencial Regional en las materias que competen a este último.
2. Que, desde el 1 de enero del año 2026 se encuentra vacante el cargo de Secretario
Regional Ministerial del Ministerio de Salud en la Región de Antofagasta, de conformidad con el
decreto supremo N° 23 de 20 de marzo de 2026, que acepta la renuncia de D. Alberto Godoy
Tordoya, cédula nacional de identidad N° 15.741.081-4, actualmente en trámite.
3. Que, el cargo que se provee por intermedio del presente decreto supremo es de exclusiva
confianza de S.E. el Presidente de la República y es nombrado entre las personas que figuren en
la terna elaborada por el Delegado Presidencial Regional, oficio reservado N° 146 del 20 de
marzo de 2026, oyendo a la Ministra del ramo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7°
letra b) del Estatuto Administrativo y artículo 62° la ley N° 19.175 Orgánica Constitucional
sobre Gobierno y Administración Regional.
Sitio Web: www.diarioficial.cl
4. Que la persona individualizada a continuación reúne los requisitos necesarios para
desempeñar el cargo de Secretaria Regional Ministerial de Salud, y habiendo oído a la Ministra
de Salud.
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
Ver documento completo (PDF)Organismo
MINISTERIO DE SALUD