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Renueva Designación de D. Jaime Patricio Espina Ampuero Director de la Central Nacional de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 5 de agosto de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE SALUD
Subsecretaría de Redes Asistenciales
RENUEVA DESIGNACIÓN DE D. JAIME PATRICIO ESPINA AMPUERO DIRECTOR
DE LA CENTRAL NACIONAL DE ABASTECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL
DE SERVICIOS DE SALUD
Núm. 5.- Santiago, 13 de marzo de 2026.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 32 N° 10 y en el inciso primero del artículo 35 de la Constitución
Política de la República de Chile; el DFL N° 1, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575,
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el Título VI de la
ley N° 19.882, de 2003, que regula la nueva política de personal a los funcionarios públicos que
indica; el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el Libro I del
DFL N° 1 de 2005, del Ministerio de Salud, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado
del DL N° 2.763 de 1979 y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469; ordinario C31/ N° 183 del 9 de
febrero de 2026 que comunica la prórroga de la designación de D. Jaime Patricio Espina
Ampuero, y la resolución N° 36 de 2024 de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1) Que, mediante decreto supremo N° 7 de 2023, del Ministerio de Salud, se designó como
Director de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud a D. Jaime
Patricio Espina Ampuero, por un periodo de tres años, a contar del 13 de marzo de 2023.
2) Que, en cumplimiento de las disposiciones de la ley N° 19.882, el designado Director
suscribió un convenio de desempeño que estableció metas anuales estratégicas de desempeño del
cargo durante el periodo, y los objetivos de resultado a alcanzar en su área de responsabilidad en
cada año, con los correspondientes indicadores, medios de verificación y supuestos básicos en
que se basa el cumplimiento de los mismos.
3) Que, las evaluaciones practicadas a la fecha, dan cuenta de un correcto cumplimiento de
los objetivos propuestos y de los compromisos asumidos en su gestión por D. Jaime Patricio
Espina Ampuero.
4) Que, el inciso segundo del artículo quincuagésimo séptimo de la ley N° 19.882, faculta a
la autoridad competente para renovar el nombramiento hasta por dos veces, por igual periodo y
teniendo en cuenta las evaluaciones del Alto Directivo, vengo a dictar el siguiente:
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