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Certifica Extinción de Concesión de Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada para la Localidad de Gorbea
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 5 de agosto de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Telecomunicaciones
CERTIFICA EXTINCIÓN DE CONCESIÓN DE SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN
SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE GORBEA
Núm. 802 exento.- Santiago, 28 de julio de 2026.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en
adelante la Subsecretaría;
b) La ley Nº 18.168, de 1982, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) El decreto supremo Nº 126, de 1997, y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes
y Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones;
e) El decreto supremo Nº 436, de 1994, que otorga la concesión, transferida a sociedad
Publicidad y Comunicaciones Limitada, mediante el decreto supremo Nº 457, de 2008, ambos
del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y
f) La resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas
sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
a) Que, mediante el decreto supremo Nº 436, de 1994, se otorgó una concesión de
radiodifusión sonora, señal distintiva XQD-165, en la frecuencia 91,7 MHz, para la localidad de
Gorbea, Región de La Araucanía, posteriormente transferida a sociedad Publicidad y
Comunicaciones Limitada, en adelante la concesionaria, mediante el decreto supremo Nº 457, de
2008, ambos decretos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
b) Que, la concesión señalada anteriormente expiraba su plazo de vigencia el 13 de marzo
de 2020, por tanto, correspondía llamar a su renovación en el concurso del Primer Cuatrimestre
de 2019;
c) Que, mediante Of. Ord. Nº 17.222, de 16 de noviembre de 2018, la Subsecretaría le
informó el procedimiento de renovación a la concesionaria;
d) Que, de acuerdo al Acta de Apertura del concurso del Primer Cuatrimestre de 2019,
efectuada con fecha 4 de abril de 2019, consta que, para la localidad de Gorbea, en la frecuencia
91,7 MHz, se presentó otra postulante;
e) Que, mediante la resolución exenta Nº 103, de 23 de enero de 2023, el Ministerio de
Transportes y Telecomunicaciones, declara desierto el concurso, por cuanto la solicitud
presentada no cumple con los requisitos mínimos exigidos por las Bases Generales y/o Técnicas;
f) Que, conforme al procedimiento, la citada resolución 103, fue publicada en extracto en la
página web de la Subsecretaría, con fecha 27 de febrero de 2023, sin presentarse reclamaciones;
g) Que, ante lo expuesto, solo cabía esperar la expiración del plazo de vigencia de la
concesión, señalado en la letra b) anterior, a la fecha, ampliamente vencido;
h) Que, conforme a lo expuesto procede extinguir la concesión por vencimiento de su plazo
de vigencia;
i) Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 36º de la ley, la
extinción debe declararse por decreto exento, y
j) La solicitud de registro, ingreso Subtel Nº 87.188 de 23 de junio de 2026, y en uso de mis
atribuciones legales;
Sitio Web: www.diarioficial.cl
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