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Diario Oficial· normas_generales

Aprueba la enmienda nº 1 del plan regulador comunal de pelluhue núm. 2.308 exento.- curanipe, 24 de julio de 2026. vistos: 1. lo dispuesto en la ley nº 18.695, orgánica constitucional de municipalidad

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 6 de agosto de 2026

Texto del documento

MUNICIPALIDAD DE PELLUHUE APRUEBA LA ENMIENDA Nº 1 DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE PELLUHUE Núm. 2.308 exento.- Curanipe, 24 de julio de 2026. Vistos: 1. Lo dispuesto en la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades. 2. Lo dispuesto en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. 3. Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba la Ley General de Urbanismo y Construcciones, especialmente sus artículos 43 y 45. 4. Lo dispuesto en el decreto supremo Nº 47, de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que fija el texto de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, especialmente lo establecido en el artículo 2.1.13 y demás normas aplicables al procedimiento de Enmienda de los Instrumentos de Planificación Territorial. 5. El Plan Regulador Comunal de Pelluhue, aprobado mediante decreto alcaldicio exento Nº 6.629, de fecha 26 de septiembre de 2012. 6. El ordinario Nº 511, de fecha 21 de abril de 2026, del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Maule, mediante el cual se emite pronunciamiento respecto de la propuesta de Enmienda al Plan Regulador Comunal de Pelluhue, referida a la reclasificación de vialidad estructurante a vías de servicio o locales, señalando que dicha propuesta puede ser abordada mediante el procedimiento de Enmienda contemplado en el artículo 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, formulando asimismo observaciones y recomendaciones técnicas para su adecuada tramitación. 7. El Acta Nº 1/2026, del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de Pelluhue, mediante la cual dicho órgano tomó conocimiento y emitió su pronunciamiento respecto de la propuesta de Enmienda Nº 1 del Plan Regulador Comunal de Pelluhue. 8. El Certificado de Exposición Pública, de fecha 17 de junio de 2026, emitido por el Secretario Municipal, que acredita el cumplimiento del proceso de exposición pública y certifica que no se formularon consultas ni observaciones ciudadanas. 9. El Certificado Nº 85, de fecha 14 de julio de 2026, emitido por el Secretario Municipal (S), mediante el cual se certifica que el Honorable Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria Nº 59, celebrada el día 9 de julio de 2026, aprobó por unanimidad de los señores Concejales presentes la Enmienda Nº 1 del Plan Regulador Comunal de Pelluhue. 10. La resolución Nº 3, de 26.1.2026, que modifica la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República. Considerando: 1. Que el Plan Regulador Comunal de Pelluhue constituye el principal instrumento de planificación territorial de la comuna, regulando el uso del suelo, las condiciones de urbanización, edificación y la estructura vial del territorio urbano. Sitio Web: www.diarioficial.cl 2. Que la Municipalidad de Pelluhue, a través de la Secretaría Comunal de Planificación, elaboró la Enmienda Nº 1 al Plan Regulador Comunal, conforme a las facultades conferidas por la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza General. 3. Que, de acuerdo con el Informe Técnico de Anteproyecto, se verificó la existencia de diferencias entre los perfiles viales establecidos en el Plan Regulador Comunal vigente y las condiciones existentes consolidadas de determinadas vías del borde costero, circunstancia que hace necesario adecuar la normativa urbanística a la realidad territorial actual. 4. Que la presente Enmienda tiene por objeto ajustar el ancho normativo y la clasificación funcional de determinadas vías existentes, adecuándose a sus condiciones físicas actuales y al límite oficial vigente, evitando afectaciones urbanísticas incompatibles con la realidad territorial y actualizando su jerarquía funcional dentro de la red vial comunal. 5. Que mediante ordinario Nº 511, de fecha 21 de abril de 2026, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Maule informó que la propuesta municipal se enmarca, en términos generales, dentro del tipo de modificaciones que pueden ser abordadas mediante el mecanismo de Enmienda regulado en el artículo 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, formulando además observaciones y recomendaciones técnicas para su adecuada tramitación, precisando asimismo que la determinación de la

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MUNICIPALIDAD DE PELLUHUE