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Modifica resolución exenta nº 700 (v. y u.), de 2026, que llama a postulación en condiciones especiales año 2026, para presentación de proyectos habitacionales del programa de integración social y ter

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 7 de agosto de 2026

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MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO MODIFICA RESOLUCIÓN EXENTA Nº 700 (V. Y U.), DE 2026, QUE LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES AÑO 2026, PARA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL DS Nº 19 (V. Y U.), DE 2016, EN EL SENTIDO QUE INDICA (Resolución) Santiago, 28 de julio de 2026.- Hoy se resolvió lo que sigue: Núm. 1.146 exenta. Visto: a) El DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, que Reglamenta el Programa de Integración Social y Territorial, y sus modificaciones, en especial la efectuada por el DS Nº 16 (V. y U.), de 2019; b) La resolución exenta Nº 700 (V. y U.), de fecha 6 de mayo de 2026, que llama a postulación en condiciones especiales año 2026, para presentación de proyectos habitacionales del Programa de Integración Social y Territorial, DS Nº 19 (V. y U.), de 2016; c) La resolución exenta Nº 1.219 (V. y U.), de fecha 13 de agosto de 2020, que define la Zona de Ciudad Parque Bicentenario, en la comuna de Cerrillos, de la Región Metropolitana, para la aplicación del Art. 7º, letra c), del DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, para el desarrollo de proyectos del Programa de Integración Social y Territorial; d) La resolución exenta Nº 466 (V. y U.), de fecha 14 de abril de 2021, que define un polígono ubicado en las comunas de Peñalolén, La Florida y Macul, de la Región Metropolitana, para la aplicación del Art. 7º, letra c), del DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, para el desarrollo de proyectos del Programa de Integración Social y Territorial; e) La resolución exenta Nº 1.414 (V. y U.), de fecha 1 de septiembre de 2021 , y sus modificaciones, que define Zonas Centrales y Pericentrales para la aplicación de los incentivos establecidos en el Art. 7º, letra c), del DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, y Considerando: 1. Que resulta procedente incorporar mejoras, aclaraciones y/o correcciones al llamado dispuesto por la resolución indicada en el visto b) de la presente resolución, a objeto de avanzar en la optimización de la gestión del programa. 2. La necesidad de dar continuidad a proyectos de años anteriores que se han visto afectados en las condiciones de financiamiento por razones ajenas a la responsabilidad de las entidades desarrolladoras.

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Organismo

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO