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Designa Representantes Que Indica Como Miembros del Órgano Colegiado de CORFO Establecido en el Artículo 2 de la Ley Nº 20.241 y Deja sin Efecto No
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 10 de agosto de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño
DESIGNA REPRESENTANTES QUE INDICA COMO MIEMBROS DEL ÓRGANO
COLEGIADO DE CORFO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 2 DE LA LEY Nº 20.241
Y DEJA SIN EFECTO NOMBRAMIENTO ANTERIOR
Núm. 202400006 exenta.- Santiago, 16 de enero de 2024.
(Resolución)
Visto:
Lo dispuesto en la ley Nº 6.640; en la ley Nº 20.241; en el decreto 1.523, de 2012, del
Ministerio de Hacienda; en la resolución ministerial exenta Nº 202300067, de 2023, del
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y en las resoluciones Nºs. 6 y 7, de 2019, de la
Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, el artículo 2º de la ley Nº 20.241, señala que esta autoridad debe designar un
miembro integrante del Órgano Colegiado de Corfo, cuya función es resolver la solicitud de
inscripción en el Registro de Centros para la Realización de Actividades de Investigación y
Desarrollo.
2. Que, mediante resolución ministerial exenta Nº 202300067, del 16 de mayo de 2023, esta
cartera de Estado designó en calidad de miembro titular ante el referido órgano colegiado a don
Andrés Zahler Torres y como miembro suplente a don Daniel Goya León.
3. Que, el miembro titular designado en el órgano colegiado de Corfo, establecido en el
artículo 2º de la ley Nº 20.241, actualmente ya no forma parte de la dotación del Ministerio, por
lo cual resulta necesario efectuar una nueva designación.
4. Que, mediante oficio Nº 153, del 9 de agosto de 2023, del Vicepresidente Ejecutivo de la
Corporación de Fomento de la Producción, se solicitó designar el representante que a esta
autoridad le corresponde nombrar para la conformación del órgano aludido.
5. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento del Registro de
Centros para la Realización de Actividades de Investigación y Desarrollo, si se produce la
vacancia en el cargo de alguno de los miembros del referido órgano, el respectivo reemplazante
será designado por las autoridades a quienes corresponde el nombramiento del titular.
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