Diario Oficial· normas_generales
Educación Pública, Que Aprueba Las Bases y Anexos del
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 10 de agosto de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Dirección de Educación Pública
Servicio Local de Educación Pública del Litoral
INVALIDA LA RESOLUCIÓN N° 2.232 EXENTA, DE 2025, DE LA DIRECCIÓN DE
EDUCACIÓN PÚBLICA, QUE APRUEBA LAS BASES Y ANEXOS DEL LLAMADO A
CONCURSO DE INGRESO A LA PLANTA DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN
PÚBLICA DEL LITORAL, DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO TRIGÉSIMO
OCTAVO TRANSITORIO DE LA LEY N° 21.040
Núm. 52 exenta.- San Antonio, 29 de julio de 2026.
(Resolución)
Visto:
Lo dispuesto en la ley Nº 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública; en la ley N°
21.796, de Presupuestos del Sector Público para el año 2026; en la ley N° 19.880, que establece
bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la
Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, de 2000, que fija texto
refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de bases
generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del
Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834,
sobre Estatuto Administrativo; en el decreto con fuerza de ley Nº 43, de 2018, del Ministerio de
Educación, que fija Planta de Personal del Servicio Local de Educación Pública de la Región de
Valparaíso, que comprende las comunas de San Antonio, Algarrobo, Cartagena, El Quisco, El
Tabo, Casablanca y Santo Domingo, y otras materias que indica; en el decreto N° 162, de 2022,
del Ministerio de Educación, que fija denominación, ámbito de competencia territorial, domicilio
y calendario de instalación con las fechas en que iniciarán funciones los Servicios Locales de
Educación Pública que indica, y deroga los decretos N°s. 69, 70 y 71 de 2021, todos del
Ministerio de Educación; en el decreto supremo N°44, de 2026, del Ministerio de Educación, que
designa a doña Lilia Concha Carreño en el cargo de Directora Ejecutiva del Servicio Local de
Educación Pública del Litoral; en la resolución exenta N° 831, de 2025, de la Dirección de
Educación Pública, que delega funciones para la elaboración y ejecución de actos administrativos
que indica en el Servicio Local de Educación Pública del Litoral; en la resolución exenta N°
2.232, de 2025, de la Dirección de Educación Pública, que aprueba las bases y los anexos del
llamado a concurso de ingreso a la planta del Servicio Local de Educación Pública del Litoral, de
conformidad al artículo trigésimo octavo transitorio de la ley N° 21.040; en la resolución exenta
N° 17, de 2026, del Servicio Local de Educación Pública del Litoral, que suspende concurso de
ingreso a la planta del Servicio Local de Educación Pública del Litoral, regulado en el artículo
trigésimo octavo transitorio de la ley N° 21.040; en la resolución exenta N° 30, de 2026, del
Servicio Local de Educación Pública del Litoral, que inicia procedimiento de invalidación de la
resolución exenta N° 2.232, de 2025, de la Dirección de Educación Pública, que aprueba las
bases y anexos del llamado a concurso de ingreso a la planta del Servicio Local de Educación
Pública del Litoral, de conformidad al artículo trigésimo octavo transitorio de la ley N° 21.040;
en los oficios Ords. N° 1388, N° 1571 y N° 1766, todos de 2026 y de la Dirección de Educación
Pública; en los oficios Ords. N° 15 y N° 19, ambos de 2026 y del Servicio Local de Educación
Pública del Litoral; en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República,
que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y
Sitio Web: www.diarioficial.cl
Considerando:
1. Que, la ley N° 21.040, que Crea el Sistema de Educación Pública, en adelante la ley,
estableció la creación de los Servicios Locales de Educación Pública, en adelante Servicio Local
o SLEP, los que, de conformidad con el artículo 16 de la ley, son órganos funcional y
territorialmente descentralizados con personalidad jurídica y patrimonio propio.
2. Que, a su vez, los Servicios Locales de Educación Pública creados en virtud de la ley,
están encargados de proveer el servicio educacional a través de los establecimientos
educacionales de su dependencia, debiendo orientar su accionar conforme a los principios de la
educación pública.
3. Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la ley N° 21.040, la dirección
y administración de cada servicio estará a cargo de su Directora Ejecutiva, quien será la jefa
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
Ver documento completo (PDF)Organismo
MINISTERIO DE EDUCACIÓN