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Diario Oficial· normas_generales

Resuelve Procedimiento de Invalidación del Llamado a Concurso de Ingreso a la Planta del Servicio Local de Educación Púb

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 10 de agosto de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Dirección de Educación Pública Servicio Local de Educación Pública Los Copihues RESUELVE PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN DEL LLAMADO A CONCURSO DE INGRESO A LA PLANTA DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA LOS COPIHUES APROBADO POR RESOLUCIÓN Nº 2.204 EXENTA, DEL 28 DE NOVIEMBRE DE 2025, DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PÚBLICA Núm. 72 exenta.- Los Ángeles, 17 de julio de 2026. (Resolución) Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública; en la ley Nº 21.796, de Presupuesto de Ingresos y Gastos del Sector Público, para el año 2026; en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto con fuerza de ley Nº 52, de 2018, del Ministerio de Educación, que fija planta de personal del Servicio Local de Educación Pública de la Región del Biobío, que comprende las comunas de Los Ángeles, Cabrero y Yumbel, y otras materias que indica; en el decreto Nº 162, de 2022, del Ministerio de Educación, que fija denominación, ámbito de competencia territorial, domicilio y calendario de instalación con las fechas en que iniciarán funciones los Servicios Locales de Educación Pública que indica, y deroga los decretos Nºs. 69, 70 y 71, de 2021, todos del Ministerio de Educación; en el decreto supremo Nº 232, del año 2025, del Ministerio de Educación, que designa Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública Los Copihues, de las comunas de Los Ángeles, Cabrero y Yumbel, de conformidad al artículo 21 de la ley Nº 21.040; en la resolución exenta Nº 814, de 2025, de la Dirección de Educación Pública, que delega funciones para la elaboración y ejecución de los actos administrativos que indica, en el Servicio Local de Educación Pública Los Copihues; en la resolución exenta Nº 2.204, del 28 de noviembre de 2025, de la Dirección de Educación Pública, que aprueba las bases y los anexos del llamado a concurso de ingreso a la planta del Servicio Local de Educación Pública Los Copihues, de conformidad al artículo trigésimo octavo transitorio de la ley Nº 21.040; en la resolución exenta Nº 58, del 15 de junio de 2026, del Servicio Local de Educación Pública Los Copihues, que inicia procedimiento de invalidación del llamado a concurso de ingreso a la planta del Servicio Local de Educación Pública Los Copihues, aprobado por resolución exenta Nº 2.204, del 28 de noviembre de 2025, de la Dirección de Educación Pública; en el ordinario Nº 1388, de 2026, de la Dirección de Educación Pública; en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y las facultades que me asisten como Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública Los Copihues. Sitio Web: www.diarioficial.cl Considerando: 1. Que, la ley Nº 21.040, que Crea el Sistema de Educación Pública, en adelante la ley, estableció la creación de los Servicios Locales de Educación Pública, en adelante Servicio Local o SLEP, los que, de conformidad con el artículo 16 de la ley, son órganos funcional y territorialmente descentralizados con personalidad jurídica y patrimonio propio; 2. Que, a su vez, los Servicios Locales de Educación Pública creados en virtud de la ley, tienen por objetivo proveer el servicio educacional a través de los establecimientos educacionales de su dependencia debiendo orientar su accionar conforme a los principios de la educación pública; 3. Que, el Servicio está a cargo del Director Ejecutivo, quien es el Jefe Superior del Servicio, de conformidad a lo establecido en el artículo 21 de la ley Nº 21.040, ya individualizada, y en tal carácter le corresponde su dirección y administración; 4. Que, como Jefe Superior del Servicio le corresponde, entre otras funciones, dirigir, organizar y administrar su funcionamiento y ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios para el cumplimiento de sus fines;

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