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Dicta Guía Técnica para la Capacitación de los Trabajadores en Prevención de los Riesgos Laborales

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 11 de agosto de 2026

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MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Subsecretaría de Previsión Social DICTA GUÍA TÉCNICA PARA LA CAPACITACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS LABORALES Núm. 1.117 exenta.- Santiago, 7 de agosto de 2026. (Resolución) Visto: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo N° 72, de 2011, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el Convenio N° 187 sobre Marco Promocional para la Seguridad y Salud en el Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo; en el decreto supremo N° 4, de 2026, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el Convenio N° 155 sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores de la Organización Internacional del Trabajo; en el Título VII sobre prevención de riesgos profesionales de la ley N° 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales; en el Título I del Libro II, sobre protección a los trabajadores, del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2002, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código del Trabajo; en el decreto supremo N° 2, de 2024, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba el texto de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo para el período 2024-2028; en el decreto supremo N° 44, de 2023, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba nuevo reglamento sobre gestión preventiva de los riesgos laborales para un entorno de trabajo seguro y saludable; en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y sus modificaciones posteriores, y Considerando: 1. Que, el artículo 16 del decreto supremo N° 44, de 2023, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social que aprueba el nuevo reglamento sobre gestión preventiva de los riesgos laborales para un entorno de trabajo seguro y saludable, establece la obligación de las entidades empleadoras de efectuar una capacitación teórica o práctica a los trabajadores, cuya duración mínima sea de 8 (ocho) horas y en la que se aborden al menos los siguientes temas: a. Factores de riesgo presentes en el lugar en el que deban ejecutarse las labores. b. Efectos en la salud por la exposición a factores de riesgo, para lo que se deberá considerar la información sobre enfermedades profesionales vinculadas a la ejecución de la actividad laboral que se realice. c. Medidas preventivas para el control de los riesgos identificados y evaluados o inherentes a las tareas encomendadas. d. Prestaciones médicas y económicas a las que tiene derecho el trabajador, de conformidad con el seguro de la ley N° 16.744 y los procedimientos para acceder a ellas, así como el establecimiento asistencial del respectivo Organismo Administrador, al que deberá concurrir en caso de accidente del trabajo y enfermedad profesional. e. Plan de gestión de riesgos de emergencia, catástrofe o desastre de la entidad empleadora. Sitio Web: www.diarioficial.cl f. Señalética en los lugares de trabajo. g. Prevención de riesgos de incendio, para lo cual se deberá considerar el uso de extintores y otros mecanismos para extinción de incendios. 2. Que, el inciso final del citado artículo 16 del decreto supremo N° 44, de 2023, establece que el Ministerio del Trabajo y Previsión Social deberá dictar, a través de una resolución, una Guía Técnica para la capacitación de los trabajadores en prevención de los riesgos laborales, la que establecerá la metodología de enseñanza, las medidas y mecanismos de evaluación que deban aplicarse para verificar el conocimiento y la comprensión de los trabajadores sobre los riesgos laborales. 3. Que, para dar cumplimiento a esta obligación mediante licitación pública ID 1592-1-LE25, la Subsecretaría de Previsión Social adjudicó a una empresa consultora la elaboración de una Guía Técnica y el diseño del curso tipo del artículo 16 del decreto supremo N° 44, de 2023, cuyo contrato fue aprobado mediante resolución exenta N° 252, de 2025, de la misma Subsecretaría.

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MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL