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Aprueba Norma Técnica N° 261 de Vigilancia Epidemiológica de Infección Gonocócica
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 12 de agosto de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE SALUD
Subsecretaría de Salud Pública
APRUEBA NORMA TÉCNICA N° 261 DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE
INFECCIÓN GONOCÓCICA
Núm. 48 exento.- Santiago, 7 de julio de 2026.
Visto:
Estos antecedentes; lo dispuesto en el DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija
el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes
N° 18.933 y N° 18.469; en el DFL N° 725, de 1967, Código Sanitario; en el decreto supremo N°
136, de 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de dicha Secretaría de Estado; en el
decreto supremo N° 7, de 2019, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento sobre
Notificación de Enfermedades Transmisibles de Declaración Obligatoria y su Vigilancia; en el
decreto supremo N° 28, de 2009, del Ministerio de Salud, que faculta al Ministro de Salud para
firmar por "Por orden de la Presidenta de la República" y Delega Facultades que indica en
Subsecretaria de Salud Pública y Subsecretario de Redes Asistenciales; en lo solicitado mediante
memorándum B51/N° 455 de 30 de diciembre de 2025, de la División de Planificación Sanitaria;
en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1. Que, al Ministerio de Salud le compete ejercer la función que corresponde al Estado de
garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de
la salud y de rehabilitación de la persona enferma.
2. Que, la gonorrea es una infección de transmisión sexual (ITS) causada por la bacteria
Neisseria gonorrhoeae, que representa un importante problema de salud pública a nivel mundial
debido a su creciente magnitud, su asociación con complicaciones graves y especialmente, por la
emergencia global de resistencia antimicrobiana, que amenaza con volverla intratable.
3. Que, según estimaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), en el año 2020
se produjeron aproximadamente 82,4 millones de nuevos casos de gonorrea (IC: 47,7-130,4
millones) en adolescentes y adultos de 15 a 49 años, con una tasa global de 19 casos por cada mil
mujeres y 23 por cada mil hombres. La mayor carga de enfermedad se concentra en las regiones
de África y del Pacífico Occidental, aunque en los últimos años se observa un aumento sostenido
de la incidencia en América y Europa. La infección afecta mayormente a poblaciones clave y
grupos vulnerables, como los hombres que tienen relaciones sexuales con hombres (HSH),
trabajadoras/es sexuales, personas transgénero y adolescentes y jóvenes en contextos de alta
carga de morbilidad.
4. Que, desde el punto de vista clínico, la gonorrea suele presentarse de forma sintomática
en hombres, manifestándose como uretritis con secreción purulenta, lo que facilita la consulta y
tratamiento oportuno. En contraste, en las mujeres la infección es frecuentemente asintomática,
lo que favorece su persistencia y la aparición de complicaciones como enfermedad inflamatoria
pélvica, infertilidad, embarazo ectópico y dolor pélvico crónico.
5. Que, aunque la gonorrea es curable con antibióticos adecuados, la N. gonorrhoeae ha
desarrollado una resistencia creciente a múltiples familias antimicrobianas, incluyendo
penicilinas, tetraciclinas, fluoroquinolonas y más recientemente, cefalosporinas de tercera
generación y azitromicina. Esta situación llevó a la OMS a clasificarla como un patógeno
prioritario crítico en su lista global de resistencia antimicrobiana. La farmacorresistencia se
asocia al uso inadecuado y excesivo de antibióticos, la disponibilidad sin control de
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antimicrobianos, la calidad variable de los fármacos y la capacidad del gonococo para adquirir
material genético de otros microorganismos, especialmente en infecciones extragenitales
(faríngeas y rectales), donde se ha descrito un importante reservorio de resistencia.
6. Que, en Chile, la gonorrea es una enfermedad de notificación obligatoria universal, caso a
caso, de acuerdo con el decreto supremo (DS) N° 7/2019 del Ministerio de Salud, y N.
gonorrhoeae se incluye como agente de vigilancia de laboratorio para resistencia antimicrobiana.
El propósito de la vigilancia epidemiológica de la infección gonocócica es generar información
oportuna y de calidad que permita orientar la toma de decisiones, planificar estrategias de
prevención y control y evaluar las políticas públicas destinadas a reducir la transmisión, las
complicaciones y la propagación de cepas resistentes.
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