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Diario Oficial· normas_generales

MODIFICA RESOLUCIÓN CP N° 17.709/2026 EXENTA, DE FECHA 28 DE JULIO DE 2026, QUE DECLARA ZONA DE RIESGO SANITARIO Núm. CP 17.964 exenta.- Temuco,

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 12 de agosto de 2026

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MINISTERIO DE SALUD Secretaría Regional Ministerial Región de la Araucanía MODIFICA RESOLUCIÓN CP N° 17.709/2026 EXENTA, DE FECHA 28 DE JULIO DE 2026, QUE DECLARA ZONA DE RIESGO SANITARIO Núm. CP 17.964 exenta.- Temuco, 31 de julio de 2026. (Resolución) Visto: 1. Resolución exenta CP Nº 17.709/2026, de fecha 28 de julio de 2026, de esta Seremi de Salud, que declaró zona de riesgo sanitario al sector El Parque, Las Acequias y Villa España de la comuna de Angol; 2. Artículo 62 de la ley 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; 3. Instrucciones del Seremi de Salud. Considerando: 1. Que, por resolución exenta de Vistos N° 1, se declaró “… zona de riesgo sanitario, al sector El Parque, Las Acequias y Villa España de la comuna de Angol, debido al colapso de los sistemas particular de alcantarillados…”. 2. Que, la referida resolución en el resuelvo segundo consigna un error al señalar que la Municipalidad de Angol deberá implementar todas las medidas sanitarias en respuesta a asegurar que la salud de los habitantes de la Villa Caupolicán no se vea afectada debido al colapso de las fosas sépticas individuales de las viviendas, debiendo indicar como sectores afectados donde se deberán implementar las medidas sanitarias de los habitantes del sector El Parque, Las Acequias y Villa España de la comuna de Angol. 3. Que, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 62 de la ley 19.880, “En cualquier momento, la autoridad administrativa que hubiere dictado una decisión que ponga término a un procedimiento podrá, de oficio o a petición del interesado, aclarar los puntos dudosos u oscuros y rectificar los errores de copia, de referencia, de cálculos numéricos…”. 4. Que, producto de todo lo antes expuesto resulta necesario modificar el resuelvo segundo de la resolución en comento, tal como se dirá. Teniendo presente: 1. Decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL Nº 2.763/79 y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469. 2. Decreto supremo N° 136/2005 que establece el Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud. 3. Decreto N° 28, de fecha 24 de marzo de 2026, del Ministerio de Salud, que designa a don José Isafor Bravo Burgos en el cargo de Secretario Regional Ministerial de Salud Región de La Araucanía. 4. Decreto con fuerza de ley N° 725/67, Código Sanitario. 5. Resolución N° 36/2024 de la Contraloría General de la República, dicto la siguiente: Sitio Web: www.diarioficial.cl Resolución: Primero: Reemplácese el resuelvo segundo de la resolución exenta CP N° 17.709/2026, de fecha 28 de julio de 2026, de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud, que declaró zona de riesgo sanitario, por el siguiente resuelvo segundo nuevo: “Segundo: Déjase establecido que la Municipalidad de Angol deberá implementar todas las medidas sanitarias en respuesta a asegurar que la salud de los habitantes del sector El Parque, Las Acequias y Villa España de la comuna de Angol, no se vea afectada debido al colapso de las fosas sépticas individuales de las viviendas.” Segundo: Téngase presente que en todo lo no modificado por el presente acto administrativo, queda firme lo estipulado en la resolución exenta CP N° 17.709/2026, de fecha 28 de julio de 2026, de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud. Tercero: Déjese establecido que la presente resolución y la resolución exenta CP N° 17.709/2026, de fecha 28 de julio de 2026, ambas de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud, se encuentran en expedientes de gestión interna N° 061932/2026 y N° 062665/2026, las que deberán permanecer juntas en los registros de la institución. Tercero: Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud.

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