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Modifica resoluciones n° 682 (v. y u.), n°684 (v. y u.), n° 685 (v. y u.), n° 831 (v. y u.) y n° 959 (v. y u.) exentas, todas de 2026, que llaman a proceso de selección en condiciones especiales para

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 12 de agosto de 2026

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MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO MODIFICA RESOLUCIONES N° 682 (V. Y U.), N°684 (V. Y U.), N° 685 (V. Y U.), N° 831 (V. Y U.) Y N° 959 (V. Y U.) EXENTAS, TODAS DE 2026, QUE LLAMAN A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011 (Resolución) Santiago, 4 de agosto de 2026.- Hoy se resolvió lo que sigue: Núm. 1.212 exenta. Visto: a) El DS N° 49 (V. y U.), de 2011, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda; b) El DS N° 104, de 1977, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I de la ley N° 16.282, sobre disposiciones permanentes para casos de sismos o catástrofes; c) La resolución exenta N° 682 (V. y U.), de fecha 5 de mayo de 2026, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de construcción en nuevos terrenos con autoconstrucción asistida e industrialización; d) La resolución exenta N° 684 (V. y U.), de fecha 5 de mayo de 2026, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación individual y colectiva para las tipologías de pequeño condominio, densificación predial y construcción en sitio propio, incluyendo el procedimiento de autoconstrucción asistida en los casos que procede; e) La resolución exenta N° 685 (V. y U.), de fecha 5 de mayo de 2026, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de construcción en nuevos terrenos en las comunas de las regiones que indica; f) La resolución exenta N° 831 (V. y U.), de fecha 3 de junio de 2026, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de construcción en nuevos terrenos en las comunas de las regiones que indica; g) La resolución exenta N° 959 (V. y U.), de fecha 30 de junio de 2026, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de construcción en nuevos terrenos sobre suelo público, en las comunas de las regiones que indica; h) El DS N° 112, del Ministerio del Interior, de fecha 20 de julio de 2026, que declara zonas afectadas por catástrofe a la provincia de Huasco y en la Región de Coquimbo; ratifica medidas que señala y designa autoridad con atribuciones que indica; Sitio Web: www.diarioficial.cl i) El DS N° 113, del Ministerio del Interior, de fecha 21 de julio de 2026, que declara como zonas afectadas por catástrofe a las regiones de Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O'Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, La Araucanía y Los Ríos; ratifica medidas que señala y designa autoridad con atribuciones que indica; Considerando: a) Que mediante las resoluciones señaladas en vistos c), d), e), f) y g), se establecieron las condiciones de diferentes llamados especiales del programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda para proyectos de construcción en nuevos terrenos; b) Que, mediante los decretos supremos señalados en los vistos h) e i), se declaró como zonas afectadas a las regiones de Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O'Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, La Araucanía y Los Ríos por catástrofe derivada de diversas inundaciones y frente de mal tiempo, en las cuales resultaron damnificadas una importante cantidad de familias a lo largo del país; c) Que, dado el estado de catástrofe dictado por la autoridad a ocurrencia de los hechos que

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MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO