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Modifica resoluciones n° 682 (v. y u.), n°684 (v. y u.), n° 685 (v. y u.), n° 831 (v. y u.) y n° 959 (v. y u.) exentas, todas de 2026, que llaman a proceso de selección en condiciones especiales para
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 12 de agosto de 2026
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MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
MODIFICA RESOLUCIONES N° 682 (V. Y U.), N°684 (V. Y U.), N° 685 (V. Y U.), N°
831 (V. Y U.) Y N° 959 (V. Y U.) EXENTAS, TODAS DE 2026, QUE LLAMAN A
PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL
OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO
SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y
U.), DE 2011
(Resolución)
Santiago, 4 de agosto de 2026.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.212 exenta.
Visto:
a) El DS N° 49 (V. y U.), de 2011, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo
Solidario de Elección de Vivienda;
b) El DS N° 104, de 1977, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado del Título I de la ley N° 16.282, sobre disposiciones permanentes
para casos de sismos o catástrofes;
c) La resolución exenta N° 682 (V. y U.), de fecha 5 de mayo de 2026, que llama a proceso
de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa
habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de
2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de
construcción en nuevos terrenos con autoconstrucción asistida e industrialización;
d) La resolución exenta N° 684 (V. y U.), de fecha 5 de mayo de 2026, que llama a proceso
de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa
habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de
2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación individual y colectiva para las
tipologías de pequeño condominio, densificación predial y construcción en sitio propio,
incluyendo el procedimiento de autoconstrucción asistida en los casos que procede;
e) La resolución exenta N° 685 (V. y U.), de fecha 5 de mayo de 2026, que llama a proceso
de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa
habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de
2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de
construcción en nuevos terrenos en las comunas de las regiones que indica;
f) La resolución exenta N° 831 (V. y U.), de fecha 3 de junio de 2026, que llama a proceso
de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa
habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de
2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de
construcción en nuevos terrenos en las comunas de las regiones que indica;
g) La resolución exenta N° 959 (V. y U.), de fecha 30 de junio de 2026, que llama a proceso
de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa
Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de
2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de
construcción en nuevos terrenos sobre suelo público, en las comunas de las regiones que indica;
h) El DS N° 112, del Ministerio del Interior, de fecha 20 de julio de 2026, que declara zonas
afectadas por catástrofe a la provincia de Huasco y en la Región de Coquimbo; ratifica medidas
que señala y designa autoridad con atribuciones que indica;
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i) El DS N° 113, del Ministerio del Interior, de fecha 21 de julio de 2026, que declara como
zonas afectadas por catástrofe a las regiones de Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana,
O'Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, La Araucanía y Los Ríos; ratifica medidas que señala y
designa autoridad con atribuciones que indica;
Considerando:
a) Que mediante las resoluciones señaladas en vistos c), d), e), f) y g), se establecieron las
condiciones de diferentes llamados especiales del programa Fondo Solidario de Elección de
Vivienda para proyectos de construcción en nuevos terrenos;
b) Que, mediante los decretos supremos señalados en los vistos h) e i), se declaró como
zonas afectadas a las regiones de Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O'Higgins,
Maule, Ñuble, Biobío, La Araucanía y Los Ríos por catástrofe derivada de diversas inundaciones
y frente de mal tiempo, en las cuales resultaron damnificadas una importante cantidad de familias
a lo largo del país;
c) Que, dado el estado de catástrofe dictado por la autoridad a ocurrencia de los hechos que
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