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Condiciones Especiales 2026 para el Desarrollo de Proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, Regulado por e
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 12 de agosto de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Secretaría Regional Ministerial Región del Biobío
LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES 2026 PARA EL
DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE
VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS N° 27 (V. Y U.), DE 2016,
CAPÍTULO TERCERO, PROYECTOS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS PARA
LA REGIÓN DEL BIOBÍO, FIJA CONDICIONES PARA SU APLICACIÓN,
CRITERIOS REGIONALES DE SELECCIÓN Y EL MONTO DE RECURSOS
DISPONIBLES
Núm. 2.274 exenta.- Concepción, 22 de julio de 2026.
(Resolución)
Vistos:
La Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado; la
ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de
los Órganos de la Administración del Estado; la ley N° 21.442, de 2022, que aprueba la Nueva
Ley de Copropiedad Inmobiliaria; el DS N° 27 (V. y U.), de 2016 y sus modificaciones, que
regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios; la resolución exenta N° 1.237 (V. y
U.), de 2019, y su modificación, que fija Procedimiento para la Prestación de Servicios de
Asistencia Técnica para el Programa de Mejoramiento de Vivienda y Barrios; la resolución
exenta N° 720 (V. y U.), de 2019, que aprueba Itemizados Técnicos para proyectos de Energías
Renovables: Sistemas Solares Térmicos y Sistemas Solares Fotovoltaicos, en el marco de los
Programas Habitacionales del Minvu; la resolución exenta N° 380 (V. y U.), de 2022, que regula
Operaciones y Actos que inciden en la aplicación práctica del Capítulo Tercero: Proyectos para
Condominios de Vivienda del DS N° 27 (V. y U.), 2016; la resolución exenta N° 490 (V. y U.)
de 2023, que fija la regulación para la prestación del servicio de fiscalización técnica de obras; la
resolución exenta N° 43, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y del Ministerio de Hacienda
de 2026, que autoriza efectuar
ll amados a postulación y/o comprometer recursos en el
otorgamiento de subsidios habitacionales durante el año 2026, en sistemas y programas
habitacionales que indica; la resolución exenta N° 1.000 (V. y U.), de 2026, que llama a
postulación en las regiones que indica y autoriza la realización de Llamados Regionales a los
Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo de las regiones de Valparaíso,
Metropolitana, O´Higgins, Biobío y Araucanía, para el desarrollo de proyectos del Programa de
Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016, Capítulo
Tercero; el oficio ordinario N° 116, de fecha 28.01.2021, del Jefe de la División Técnica de
Estudio y Fomento Habitacional que adjunta el Itemizado Técnico de Obras y sus anexos
respectivos para proyectos asociados al Capítulo Tercero, proyectos para Condominios de
Viviendas, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, reglamentado por el DS N°
27 (V. y U.), de 2016, para ser aplicados en los proyectos que postulen a los llamados del
mencionado Capítulo, durante el año 2021; el oficio electrónico Ord. N° 105, del 14.01.2022, del
Jefe (S) de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional, que señala que debe
mantenerse el Itemizado Técnico de obras y sus anexos respectivos en su versión oficializada
mediante el ordinario citado en el Visto precedente; la circular N° 05, de fecha 05.02.2026, de la
Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, que comunica el marco de Programa Habitacional 2026
y orientaciones calendario de llamado; la resolución exenta N° 6.042 (V. y U.), de 2017 y sus
modificaciones, que delega facultades que indica en los Secretarios Regionales Ministeriales de
Sitio Web: www.diarioficial.cl
Vivienda y Urbanismo; el DS N° 397 (V. y U.), de 1976, Reglamento Orgánico de las
Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo; la resolución N° 36, de la
Contraloría General de la República, de 2024, que fija normas sobre la exención del trámite de
toma de razón y el DS N° 56 (V. y U.), de 2026, en trámite, que designa Seremi de Vivienda y
Urbanismo de la Región del Biobío.
Considerando:
1. Que, el artículo 24 del DS N° 27 (V. y U.), de 2016, establece que el Ministro de
Vivienda y Urbanismo podrá efectuar o autorizar al Seremi, mediante resoluciones fundadas, la
realización de llamados a procesos de selección en condiciones especiales y señala el contenido
de dichas resoluciones.
2. Que, la resolución exenta N° 380 (V. y U.), de 2022, en su resuelvo 1 letra b), indica que
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
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