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Diario Oficial· normas_particulares

Modifica, por Razones de Interés Público, Las Características de las Obras y Servicios Que Indica del Contrato de Concesión de la Obra Pública Fiscal Denominada Hospital de Buin-Paine

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 14 de agosto de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA HOSPITAL DE BUIN-PAINE Núm. 152.- Santiago, 19 de mayo de 2026. Vistos: - El DFL MOP N° 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y del DFL N° 206, de 1960, Ley de Caminos, y sus modificaciones. - El decreto supremo MOP N° 900 de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP N° 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial su artículo 19°. - El decreto supremo MOP N° 956 de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial el artículo 69°. - La ley N° 21.044, de fecha 17 de noviembre de 2017, que crea la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas. - El DFL MOP N° 7, de fecha 25 de enero de 2018, que fija la planta de personal y fecha de iniciación de actividades de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas. - El decreto supremo MOP N° 164, de fecha 29 de diciembre de 2020, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, reparación, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada “Hospital de Buin-Paine”. - La anotación en el Libro de Obras LOD EMMC, folio N° 501, de fecha 9 de enero de 2025, de la Sociedad Concesionaria. - El Acta de Sesión N° 70 del Comité Técnico de Adquisiciones y Reposiciones, de fecha 13 de marzo de 2025. - El oficio Ord. C47 / N° 1135, de fecha 2 de julio de 2025, de la Subsecretaria de Redes Asistenciales (S). - El oficio Ord. N° 1306, de fecha 10 de noviembre de 2025, del Director General de Concesiones de Obras Públicas (S). - El oficio CP N° 27025/2025, de fecha 14 de diciembre de 2025, del Subsecretario de Redes Asistenciales. - El oficio Ord. N° 575, de fecha 31 de marzo de 2026, del Inspector Fiscal. - La Carta SCHBP-GG/0119/2026, de fecha 15 de abril de 2026, de la Sociedad Concesionaria. - El oficio Ord. N° 577, de fecha 17 de abril de 2026, del Inspector Fiscal. - El oficio Ord. N° 00038, de fecha 20 de abril de 2026, de la Jefa de la División de Construcción (S) de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas. - La resolución DGC (exenta) N° 53, de fecha 27 de abril de 2026. - La ley N° 21.796, Ley de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2026, en particular su artículo 18, inciso tercero. - La resolución N° 36 de 2024, que fija normas sobre exención del trámite de la Toma de Razón, modificada y complementada por la resolución N° 8 de 2025 y la resolución N° 3 de 2026, todas ellas de la Contraloría General de la República. Sitio Web: www.diarioficial.cl Considerando: 1° Que el artículo 19° de la Ley de Concesiones de Obras Públicas establece que el Ministerio de Obras Públicas, en adelante el “MOP”, podrá modificar las características de las obras y servicios contratados, a objeto de incrementar los niveles de servicio y estándares técnicos establecidos en las Bases de Licitación, o por otras razones de interés público debidamente fundadas, debiendo, como consecuencia, compensar económicamente al concesionario cuando corresponda, por los costos adicionales en que éste incurriere por tal concepto. Asimismo, el artículo 69° del Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas establece que el Ministerio de Obras Públicas, desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados, agregando en su N° 4 que el Director General de Concesiones de Obras Públicas, con el visto bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las obras y servicios desde el momento que lo estime conveniente, aunque esté pendiente la determinación sobre la indemnización. 2° Que el inciso tercero del artículo 18 de la ley N° 21.796, Ley de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2026, establece que las modificaciones que se incorporen a los contratos de concesión en virtud de lo dispuesto en el artículo 19° de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y los convenios en que se pacten las compensaciones derivadas de dichas modificaciones, se realizarán mediante decreto supremo fundado del Ministerio de Obras

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