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Transportes pyp spa”, se ordenó notificar por aviso al demandado principal transportes pyp SpA, rut 77.807.905-4, re

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 17 de agosto de 2026

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NOTIFICACIÓN Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, en causa RIT M-109-2026 caratulada “BARRÍA/TRANSPORTES PYP SpA”, se ordenó notificar por aviso al demandado principal TRANSPORTES PYP SpA, RUT 77.807.905-4, representada legalmente por don JOSÉ AGUSTÍN PRIETO PUGA, RUN 20.255.917-4, de demanda interpuesta con fecha 29 abril 2026 en su contra en calidad de demandada principal conforme al procedimiento monitorio, por doña TAMARA NOEMÍ BARRÍA PÉREZ, empleado, domiciliada en Juan Mackenna N° 1216, comuna de Osorno-.- Dice que con fecha 05.01.2026, fue contratada por la empresa TRANSPORTES PYP SpA, a fin de cumplir funciones de secretaria administrativa en dependencias de su exempleador ubicada en calle Mac Iver N° 280 (lado Bleuexpress), comuna de Río Negro. Entre las funciones que debía desarrollar se encontraban las de contacto con proveedores, ingresos de gastos y ventas y funciones administrativas en general en dependencias de su exempleador, y en general todas aquellas que guardaran relación con la naturaleza de sus servicios. Su jornada de trabajo, era de 42 horas semanales distribuidas de lunes a viernes de 08:00 a 17:00 hrs.- Recibía una remuneración mensual líquida de $650.000.- (seiscientos cincuenta mil pesos), lo que equivale a la suma mensual bruta de $780.000.- (setecientos ochenta mil pesos). Por tanto, para efectos de lo dispuesto por el artículo 172 del Código del Trabajo su última remuneración mensual ascendió a la suma de $780.000.- (setecientos ochenta mil pesos). Según clausula CUARTA de contrato de trabajo de fecha 05 de enero de 2026 se estableció una duración hasta el 31 de marzo de 2026.- Señala que con fecha 05 de febrero de 2026, renunció voluntariamente a su trabajo, informando dicha situación a su exempleador, mediante la entrega de la correspondiente carta de renuncia. Cabe hacer presente que a la fecha de su despido, esto es, 05 de febrero de 2026, se le quedó adeudando por parte de su exempleador: Remuneración por 25 días trabajados y no pagados del mes de enero de 2026 por la suma líquida de $541.667.- (quinientos cuarenta y un mil seiscientos sesenta y siete pesos), remuneración por 04 días trabajados y no pagados del mes de febrero de 2026 por la suma líquida de $86.667.- (ochenta y seis mil seiscientos sesenta y siete pesos), Feriado proporcional por el periodo comprendido entre el 05-01-2026 al 05-02-2026 que equivale a 1.25 días hábiles, mismos días corridos por la suma de $32.500-. (Treinta y dos mil quinientos pesos) y pago de cotizaciones de FONASA, AFP y AFC por los meses de enero y febrero de 2026. Dice que, como consecuencia de lo anterior, con fecha 17 de febrero de 2026 procedió a interponer un reclamo administrativo ante la Inspección Provincial del Trabajo de Osorno, el cual fue ingresado con el número 1003/2026/243, quedando citada para un comparendo de conciliación a celebrarse el día 16 de marzo de 2026 a las 15:00 horas. - Con fecha 19.11.2025 se llevó a efecto la audiencia de conciliación ante la Inspección del Trabajo, a la cual su exempleador no compareció, no obstante encontrarse válidamente notificado. Así las cosas, en vista de que no se pudo llegar a un acuerdo respecto de los conceptos reclamados decidió no perseverar con el reclamo administrativo a fin de iniciar las gestiones necesarias para cobrar judicialmente las prestaciones laborales que su empleador actualmente le adeuda. De este modo corresponde que se le pague por parte de su exempleador los montos correspondientes a: Remuneración por 25 días trabajados y no pagados del mes de enero de 2026 por la suma líquida de $541.667.- (quinientos cuarenta y un mil seiscientos sesenta y siete pesos), remuneración por 04 días trabajados y no pagados del mes de Febrero de 2026 por la suma líquida de $86.667.- (ochenta y seis mil seiscientos sesenta y siete pesos), Feriado proporcional por el periodo comprendido entre el 05-01-2026 al 05-02-2026 que equivale a 1.25 días hábiles, mismos días corridos por la suma de $32.500-. (Treinta y dos mil quinientos pesos) y pago de cotizaciones de FONASA, AFP y AFC por los meses de enero y febrero de 2026. Señala que, como consecuencia de lo anterior, el empleador deberá pagarle las siguientes cantidades: a) Pago de Remuneración por 25 días trabajados y no pagados del mes de enero de 2026 por la suma líquida de $541.667.- (quinientos cuarenta y un mil seiscientos sesenta y siete pesos). b) Pago de remuneración por 04 días trabajados y no pagados del mes de

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