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Diario Oficial· publicaciones_judiciales

Primer otrosí: acompaña documentos que indica; segundo otrosí: beneficio de as

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NOTIFICACIÓN Demanda Declaración de Único Empleador, Unidad Económica, Subterfugio Laboral, Despido Incausado y Cobro de prestaciones; PRIMER OTROSÍ: Acompaña Documentos que Indica; SEGUNDO OTROSÍ: Beneficio de Asistencia Jurídica Gratuita; TERCERO OTROSÍ: Forma Especial de Notificación; CUARTO OTROSÍ: Patrocinio y Poder. S. J. L. DEL TRABAJO DE VILLA ALEMANA. JESSICA ANDREA CUADRA FIGUEROA, trabajadora dependiente, con domiciliado en calle Lago Caburga N° 2420, comuna de Villa Alemana, región de Valparaíso, a S.S., respetuosamente digo: Que, encontrándome dentro de plazo legal, vengo en entablar demanda en procedimiento de aplicación general por demanda de declaración de único empleador, subterfugio laboral, despido incausado, cobro de prestaciones, en contra de mi ex empleador DISTRIBUIDORA COMERCIAL KAROL SpA, RUT 76.887.856-0, empresa de giro de su denominación, representada legalmente por LUIS EDUARDO GUTIERREZ ARANEDA, cédula nacional de identidad número 12.068.846-4, ignoro profesión u oficio, ambos con domicilio en casa matriz ubicada en calle Santiago N° 780, local 2, Villa Alemana , y en forma solidaria en contra de COMERCIAL KAROL SpA, RUT 76.813.128-7, representada legalmente por KAROL ALEJANDRA TORRES MORALES, cédula nacional de identidad número 15.084.707-1, ignoro profesión u oficio, ambos con domicilio en casa matriz ubicada en calle Santiago N° 780 local 2, Villa Alemana, solicitando desde ya se declare que las demandadas constituyen un solo empleador según el artículo 3º del Código del Trabajo, así como la existencia de subterfugio laboral respecto de los demandados, en conformidad con lo dispuesto en el número 3 del artículo 507 del Código del Trabajo y en definitiva se condene a las indemnizaciones, prestaciones y multas administrativas que correspondan, en atención a la exposición circunstanciada de los hechos y de las consideraciones de derecho en que se fundamenta: I.- RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS. 1.- Fui contratada bajo vinculo de subordinación y dependencia por mi ex empleador DISTRIBUIDORA COMERCIAL KAROL SpA, el 09 de agosto de 2022 para prestar mis servicios personales y desempeñarme como Vendedora de Productos Alimenticios en el establecimiento Comercial Karol SpA de propiedad de la demandada, ubicada en calle Santiago N° 780, local 2, Villa Alemana, región de Valparaíso. 2.- La última remuneración devengada, para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, ascendió a la suma de $627.909.- 3.- Respecto de mi jornada laboral, según lo estipulado en el contrato de trabajo que se acompaña en un otrosí de esta presentación, en su cláusula tercera, señala una jornada laboral de 25 horas semanales, distribuidas de lunes a viernes de 14:00 a 19:00 horas. 4.- El contrato de trabajo que me vinculaba con mi ex empleador era de carácter indefinido. ANTECEDENTES DEL TERMINO DE LA RELACIÓN LABORAL. Con el objeto de contextualizar mi despido, debo hacer presente a S.S., los siguientes hechos: 1.- Mi ex empleador DISTRIBUIDORA COMERCIAL KAROL SpA, es una empresa en la cual Luis Gutiérrez Aravena ejercía el rol de representante legal y su pareja Karol Torres era la administradora de la empresa quien ejercía funciones de dirección y administración de la persona jurídica, ella era quien contrataba, despedía, dirigía y controlaba la empresa demanda. Así las cosas, el día 18 de noviembre de 2025, la señorita Karol Torre me comunico de forma verbal por vía telefónica que me encontraba despedida y el motivo que me informo, fue el término de la razón social y cambio de dueños, por lo que no podía continuar la relación laboral. 2.- Señalando en ese acto que su pareja Luis Gutiérrez se comunicaría para dar un término a la relación laboral ya que no podía seguir prestando mis servicios. Hago presente a S.S., que a la fecha de esta presentación no he recibido ninguna misiva que comunique mi despido, de conformidad lo ordena el artículo 162 del Código del Trabajo. A la fecha se me adeuda, la indemnización sustitutiva de aviso previo, indemnización por años de servicio, vacaciones proporcionales, remuneración de los 18 días trabajados en el mes de noviembre de 2025. ANTECEDENTES Y TRÁMITES POSTERIORES AL DESPIDO INDIRECTO. 1.- Don Luis Gutiérrez nunca tomo contacto conmigo, en razón de ello, decidí el día 03 de diciembre de 2025 interponer el Sitio Web: www.diarioficial.cl respectivo reclamo administrativo ante la Inspección Provincial del Trabajo de Marga Marga,

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