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Diario Oficial· normas_generales

Aprueba procedimiento para la solicitud de integración de actores privados en el sistema integrado de comercio exterior (sicex) núm. 522 exenta.- santiago, 3 de agosto de 2026. (resolución) vistos: lo

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 18 de agosto de 2026

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MINISTERIO DE HACIENDA APRUEBA PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE INTEGRACIÓN DE ACTORES PRIVADOS EN EL SISTEMA INTEGRADO DE COMERCIO EXTERIOR (SICEX) Núm. 522 exenta.- Santiago, 3 de agosto de 2026. (Resolución) Vistos: Lo dispuesto en el Título III “De la Probidad Administrativa” y en el artículo 24 del DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo Nº 1.049, de 28 de septiembre de 2010, del Ministerio de Hacienda; en el decreto exento Nº 215, de 23 de julio de 2026, del Ministerio de Hacienda; y, en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República. Considerando: 1. Que, mediante decreto supremo Nº 1.049, de 2010, del Ministerio de Hacienda, se creó una Comisión Asesora Presidencial de un Sistema Integrado de Comercio Exterior (en adelante, “SICEX”), cuya misión es asesorar al Presidente de la República en todo cuanto diga relación con la identificación, formulación y ejecución de planes, programas, medidas y demás actividades relativas al diseño y desarrollo de un sistema integrado de comercio exterior y servir de instancia de coordinación entre los organismos con competencias asociadas a estas materias. 2. Que, en la práctica, SICEX es una plataforma digital, cuyos usuarios, importadores y exportadores, en conjunto con sus despachadores (de acuerdo a las facultades que la ley establece para cada uno de ellos), tienen acceso a información y a la realización de operaciones de comercio exterior. Entre los objetivos principales de SICEX está la facilitación del comercio exterior, la reducción de los tiempos y costos de las exportaciones e importaciones, lo que contribuye a la transparencia, facilitación, simplificación y eficiencia de los procesos en el sector público. 3. Que, especialmente, SICEX busca facilitar al importador, exportador, Agencias de Aduanas y demás operadores de comercio exterior y de logística, la tramitación de sus operaciones de comercio exterior que, conforme a la ley, deben realizar ante el Servicio Nacional de Aduanas u otros organismos públicos que conforman el ecosistema del comercio exterior. 4. Que, surge la necesidad de integrar en SICEX a los diversos actores privados que participan y/o colaboran en la importación y exportación, a través de la digitalización, simplificación y estandarización, con el fin de facilitar el comercio y la logística y, finalmente, reducir los tiempos y costos de los procesos de comercio exterior. 5. Que, en consideración a lo anterior, resulta necesario establecer un procedimiento para las solicitudes de integración de los actores privados en el Sistema Integrado de Comercio Exterior (SICEX), para lo cual se dicta el presente acto administrativo. Sitio Web: www.diarioficial.cl

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MINISTERIO DE HACIENDA