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Llama a postulación en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos para condominios de viviendas del programa de mejoramiento de viviendas y barrios, regulado por el ds n° 27 (v. y u.), de
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 18 de agosto de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL
DESARROLLO DE PROYECTOS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS DEL
PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR
EL DS N° 27 (V. Y U.), DE 2016, DESTINADOS A LA ATENCIÓN DE CONDOMINIOS
EXPUESTOS A SOCAVONES POR FILTRACIONES EN INSTALACIONES
SANITARIAS EN LAS REGIONES DE TARAPACÁ, ANTOFAGASTA Y ATACAMA
(Resolución)
Santiago, 12 de agosto de 2026.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.257 exenta.
Visto:
a) El DS N° 27 (V. y U.), de 2016, que reglamenta el Programa de Mejoramiento de
Viviendas y Barrios;
b) La ley N° 21.442, que Aprueba Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria;
c) La resolución exenta N° 43, de fecha 2 de febrero de 2026, del Ministerio de Hacienda y
Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que autoriza a efectuar llamados a postulación y/o
comprometer recursos en el otorgamiento de subsidios habitacionales durante el año 2026 en
Sistemas y Programas Habitacionales que indica;
d) El decreto exento N° 11 (V. y U.), de fecha 25 de enero de 2017, que aprueba y declara
norma oficial de la República de Chile la Norma Técnica NCh3394 "Suelo Salino - Requisitos
Geotécnicos y de Instalaciones Sanitarias para diseño y ejecución de obras";
e) La resolución exenta N° 1.237 (V. y U.), de 2019, y sus modificaciones, que fija
procedimiento para la prestación de Servicios de Asistencia Técnica y Fiscalización Técnica de
Obras al Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.),
de 2016;
f) La resolución exenta N° 490 (V. y U.), de fecha 23 de febrero de 2023, que fija
regulación para la prestación del servicio de Fiscalización Técnica de Obras, entre otros, para
Proyectos Habitacionales financiados a través del DS N° 27 (V. y U.), de 2016, entre otros;
g) El oficio ordinario N° 116, de fecha 28 enero de 2021, del Jefe de la División Técnica de
Estudio y Fomento Habitacional que adjunta el Itemizado Técnico de Obras y sus anexos
respectivos para proyectos asociados al Capítulo Tercero, Proyectos para Condominios de
Viviendas, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios reglamentado por el DS N° 27
(V. y U.), de 2016, para ser aplicados en los proyectos que postulen a los llamados del
mencionado Capítulo, durante el año 2021.
h) El oficio ordinario N° 105, de fecha 14 enero de 2022, del Jefe (S) de la División Técnica
de Estudio y Fomento Habitacional, mediante el cual se informa que debe mantenerse el
Itemizado Técnico de Obras y sus anexos, en su versión oficializada mediante el Ord. Ditec N°
116, de fecha 28 de enero de 2021;
i) La resolución exenta N° 380 (V. y U.), del 9 de marzo de 2022, que regula operaciones y
actos que inciden en la aplicación práctica del Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de
Vivienda del DS 27 (V. y U.), de 2016, que aprueba el Reglamento del Programa de
Mejoramiento de Viviendas y Barrios;
j) El oficio ordinario N° 1701, de fecha 29 de septiembre de 2025, de la División Técnica de
Estudio y Fomento Habitacional, que imparte instrucciones y remite formatos para análisis de
capacidad económica de las empresas constructoras que ejecuten obras financiadas en todo o
parte con subsidio habitacional.
Sitio Web: www.diarioficial.cl
Considerando:
1. Que, es necesario adoptar medidas tendientes a aumentar la calidad, pertinencia y
focalización en la implementación y la asignación de los recursos con un enfoque territorial que
busque atender el déficit habitacional del hábitat construido, dando respuesta a las dinámicas
territoriales y demandas habitacionales dirigidas al Programa de Mejoramiento de Viviendas y
Barrios, regulado por el decreto supremo N° 27 (V. y U.), de 2016.
2. Que, en presencia de la condición de suelo salino de las regiones emplazadas en la zona
norte del país, es preciso contar con una estrategia de intervención territorial con acciones
preventivas y/o correctivas, según corresponda, ya que la ocurrencia de socavones que afecten al
suelo de soporte constituye una situación de extrema relevancia para el Ministerio de Vivienda y
Urbanismo.
3. Que, existen edificaciones que se emplazan en suelo salino que, según condiciones
establecidas en la Norma Chilena NCh3394, citada en el visto d) de la presente resolución,
presentan una alta susceptibilidad a la generación de socavones producto de filtraciones de agua
potable y alcantarillado, y/o ya se han visto afectadas por socavones y, por lo tanto, se requiere
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
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