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Comisión de servicio en el extranjero a la ministra de seguridad pública núm. 69.- santiago, 31 de marzo de 2026. vistos: lo dispuesto en la ley nº 21.796, del ministerio de hacienda, de presupuestos
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 18 de agosto de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
COMISIÓN DE SERVICIO EN EL EXTRANJERO A LA MINISTRA DE SEGURIDAD
PÚBLICA
Núm. 69.- Santiago, 31 de marzo de 2026.
Vistos:
Lo dispuesto en la Ley Nº 21.796, del Ministerio de Hacienda, de Presupuestos del Sector
Público correspondiente al año 2026; el artículo 5º, letra e), del decreto ley Nº 249, de 1973; el
decreto Nº 705, de 2016, del Ministerio Hacienda, que fija monto de viáticos en dólares para el
personal que debe cumplir comisiones de servicio en el extranjero; el DFL Nº 1-19.653, de 2001,
del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado; el artículo 77º del DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda,
que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto
Administrativo; el decreto Nº 147, de 2024, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que
determina coeficiente del costo de vida en que deben reajustarse los sueldos de los funcionarios
de la planta "A" del servicio exterior de Chile; el artículo segundo de la resolución Nº 199, de
1994, del Ministerio de Relaciones Exteriores; DFL 21.730 que crea el Ministerio de Seguridad
Pública; el decreto Nº 38, de 2026, del Ministerio del Interior, que nombra a doña María Trinidad
Steinert Herrera, como Ministra de Seguridad Pública; el artículo 15 de la ley Nº 21.730 que
establece el orden de subrogancia del Ministerio de Seguridad Pública; el decreto Nº 47, de 2026,
del Ministerio de Seguridad Pública, que nombra a don Andrés Alfonso Jouannet Valderrama
como Subsecretario de Seguridad Pública; la resolución Nº 36 de 2024, que fija normas sobre
exención del trámite de toma de razón de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1) Que, la Ministra de Seguridad Pública deberá efectuar la coordinación sectorial e
intersectorial para el logro de los objetivos que se hayan fijado en materia de seguridad pública,
orden público, prevención del delito, atención y asistencia a víctimas, así como las demás
funciones y atribuciones del Ministerio.
2) Que, para el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso anterior, el Ministerio estará a
cargo de planificar, diseñar, monitorear, coordinar, supervigilar y evaluar las políticas, planes y
programas y fiscalizar las actividades dentro del ámbito de sus atribuciones.
3) Que, el Ministerio podrá coordinar y encomendar acciones, y pronunciarse, en el
ejercicio de sus competencias, sobre la implementación de los planes y programas que
desarrollen los demás ministerios y servicios públicos, de conformidad con la Política Nacional
de Seguridad Pública.
4) Que, la ley Nº 21.730, crea el Ministerio de Seguridad Pública y le asigna a la
Subsecretaría de Prevención del Delito el rol de órgano de colaboración inmediata de la Ministra
en todas las materias que el mismo cuerpo legal señala. Asimismo, le encarga las funciones y
otorga las atribuciones contempladas en el DFL Nº 1, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado y también aquellas que la Ministra le encargue o delegue,
respectivamente.
5) Que, en el caso de la Subsecretaría de Prevención del Delito, su organización se
encuentra determinada por la ley Nº 21.730, en cuanto le asigna y delimita sus funciones y
atribuciones principales y por el decreto con fuerza de ley Nº 1-21.730, en cuanto fija las plantas
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de personal, determina fecha de iniciación de funciones del Ministerio de Seguridad Pública y
regula otras materias.
6) Que, la Ministra de Seguridad Pública, doña María Trinidad Steinert Herrera, fue
invitada para participar en la sesión inaugural del "Encuentro Regional de lanzamiento de la
ampliación del Programa: un horizonte renovado de cooperación y seguridad fronteriza", a
realizarse en la ciudad de Quito - Ecuador.
7) Que, Eurofront, financió los gastos por concepto de alojamiento, alimentación y pasajes
aéreos, por tanto,
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