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Rectifica Concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, Que Únicamente Provea Infraestructura Física para Telecomunicaciones, a la Empresa Atc Sitios de C
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 18 de agosto de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Telecomunicaciones
RECTIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE
TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA
FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA ATC SITIOS DE CHILE
S.A.
Santiago, 28 de julio de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 730 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en
adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones.
d) El decreto supremo Nº 56, de 2013, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones,
que otorgó la concesión.
e) El decreto supremo Nº 99, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones,
que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar
concesiones de servicios
telecomunicaciones que únicamente provean
infraestructura física para telecomunicaciones y sus modificaciones.
f) La resolución exenta Nº 3.774, de 2012, de la Subsecretaría.
g) La resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas
intermedios de
sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 79.068, de 08.06.2026.
b) Lo dispuesto en los artículos 13º y 62º de la ley Nº 19.880.
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
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