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Rectifica Concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, Que Únicamente Provee Infraestructura Física para Telecomunicaciones a la Empresa Atc Sitios de Ch
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 18 de agosto de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Telecomunicaciones
RECTIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE
TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEE INFRAESTRUCTURA
FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA ATC SITIOS DE
CHILE S.A.
Santiago, 28 de julio de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 757 exento.
Vistos:
a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en
adelante, la Subsecretaría.
b) La ley N° 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante, la ley.
c) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones.
d) El decreto supremo N° 99, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones,
que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar
concesiones de servicios
telecomunicaciones que únicamente provean
infraestructura física para telecomunicaciones y sus modificaciones.
intermedios de
e) El decreto supremo N° 56, de 2013, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones,
que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores.
f) La resolución exenta N° 3.774, de 2012, de la Subsecretaría.
g) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas
sobre exención del trámite de toma de razón y su modificación.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante Ingreso Subtel N° 75.599 de 02.06.2026.
b) Lo dispuesto por los artículos 13 y 62 de la ley N° 19.880.
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
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