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Diario Oficial· normas_particulares

Certifica Extinción de Concesión de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada para la Localidad de Chillán

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 18 de agosto de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones CERTIFICA EXTINCIÓN DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN AMPLITUD MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE CHILLÁN Núm. 847 exento.- Santiago, 11 de agosto de 2026. Vistos: a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante, la Subsecretaría; b) La ley N° 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante, la ley; c) El decreto supremo N° 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; d) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; e) El decreto exento N° 423, de 2025, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que otorgó la concesión; y, f) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; Considerando: a) Que, mediante Ingreso Subtel N° 24.178, de 27.02.2026, la concesionaria Sociedad de Radio y Televisión Carivisión Limitada, presentó renuncia a la concesión ya individualizada en la letra e) de los Vistos. b) Que, de conformidad al artículo 23° de la ley, la extinción de una concesión debe certificarse por Decreto Supremo, que deberá publicarse en el Diario Oficial; y, en uso de mis atribuciones;

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES