Diario Oficial· normas_particulares
Certifica Extinción de Concesión de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada para la Localidad de Chillán
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 18 de agosto de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Telecomunicaciones
CERTIFICA EXTINCIÓN DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN
AMPLITUD MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE CHILLÁN
Núm. 847 exento.- Santiago, 11 de agosto de 2026.
Vistos:
a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en
adelante, la Subsecretaría;
b) La ley N° 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante, la ley;
c) El decreto supremo N° 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones;
d) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones;
e) El decreto exento N° 423, de 2025, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
que otorgó la concesión; y,
f) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas
sobre exención del trámite de toma de razón;
Considerando:
a) Que, mediante Ingreso Subtel N° 24.178, de 27.02.2026, la concesionaria Sociedad de
Radio y Televisión Carivisión Limitada, presentó renuncia a la concesión ya individualizada en
la letra e) de los Vistos.
b) Que, de conformidad al artículo 23° de la ley, la extinción de una concesión debe
certificarse por Decreto Supremo, que deberá publicarse en el Diario Oficial; y, en uso de mis
atribuciones;
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