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Modifica Concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, para la Localidad de Algarrobo
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 19 de agosto de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Telecomunicaciones
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA
MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE ALGARROBO
Santiago, 7 de julio de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 675 exento.
Vistos:
a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en
adelante la Subsecretaría;
b) La Ley N° 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley;
c) El decreto supremo N° 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones;
d) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones;
e) El decreto supremo N° 469, de 1997, que otorgó la concesión, transferida a su actual
titular mediante decreto supremo N° 127, de 2019 y renovada mediante decreto exento N° 534,
de 2025, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y sus modificaciones;
f) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija Normas
sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando:
a) La resolución exenta N° 864, de 30 de abril de 2026, que autorizó previamente la
transferencia de concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de
Algarrobo;
b) El instrumento público de fecha 4 de mayo de 2026, que da cuenta del acto o contrato de
transferencia de la concesión;
c) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel
N° 73.113 de 27.05.2026; y, en uso de mis atribuciones;
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