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Modifica la resolución n° 339 exenta (v. y u.), de 2024, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa habitacional fondo solidario de elecc
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 20 de agosto de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 339 EXENTA (V. Y U.), DE 2024, QUE LLAMA A
PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL
OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO
SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y U.),
DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN
COLECTIVA PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN
TERRENOS SERVIU, MODALIDAD CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS
CON VIVIENDA INDUSTRIALIZADA, EN EL SENTIDO QUE INDICA
(Resolución)
Santiago, 5 de agosto de 2026.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.226 exenta.
Visto:
a) El DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa
Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
b) La resolución exenta N° 339 (V. y U.), de 2024, y su modificación, que llamó a proceso
de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios; nómina de proyectos
seleccionados;
c) La resolución exenta N° 1.366 (V. y U.), de 2024, que aprueba nómina de proyectos
seleccionados;
d) El oficio N° 1960, de fecha 29 de octubre de 2025, de la Seremi de Vivienda y
Urbanismo de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, que remite Informe
Favorable de Construcción N° 273/2025;
e) El oficio ordinario N° 811, de fecha 19 de mayo de 2026, de la Seremi de Vivienda y
Urbanismo de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, que solicita la rectificación
de antecedentes del proyecto "Jardines de Doñihue", código 186083.
Considerando:
a. Que, mediante resolución exenta N° 339 (V. y U.), de 2024, se llamó a proceso de
selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales, en la
alternativa de postulación colectiva para proyectos en terrenos Serviu.
b. Que dicho llamado contempla una etapa posterior de desarrollo de los proyectos, que
incluye licitación, diseño definitivo y obtención de condiciones técnicas y urbanísticas que
pueden implicar ajustes a las iniciativas originalmente presentadas.
c. Que, conforme a antecedentes técnicos emitidos por la Secretaría Regional Ministerial de
la Región del L. Gral. B. O'Higgins, se ha verificado que ciertos proyectos seleccionados
requieren ajustes de cabida, los que inciden en el número de viviendas y en el financiamiento
total asociado.
d. Que, de acuerdo con la normativa vigente, las facultades de rectificación sobre
resoluciones de selección son limitadas y no comprenden modificaciones sustanciales como la
disminución de viviendas y recursos, por lo que resulta procedente regular esta situación a nivel
del llamado.
e. Que, en consecuencia, se hace necesario complementar lo dispuesto en el resuelvo 10 de
la resolución exenta N° 339 (V. y U.), de 2024, a fin de facultar expresamente al Serviu para
ajustar los montos de subsidio hacia su disminución, en función del proyecto definitivo.
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Resolución:
1. Modifícase el resuelvo 10 de la resolución exenta N° 339 (V. y U.), de 2024, en sentido
de agregar el siguiente párrafo final:
"Sin perjuicio de lo anterior, el Serviu respectivo podrá, mediante resolución fundada,
ajustar a la baja el número de viviendas y los montos de subsidio asociados a los proyectos
seleccionados, cuando ello derive de las condiciones técnicas, urbanísticas o de cabida del
proyecto definitivo, debidamente acreditadas mediante los informes correspondientes. En tales
casos, los montos definitivos deberán enmarcarse dentro de los límites de subsidio por vivienda
establecidos en el presente llamado, y ser informados a la División de Política Habitacional.".
2. Manténgase vigente la resolución exenta N° 339 (V. y U.), de 2024, en todo aquello que
no se ha modificado por la presente resolución.
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