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Modifica resolución nº 305 exenta (v. y u.), de 2026, que llama a postulación en condiciones especiales para proyectos del sistema de subsidio habitacional, tramo 2, conforme al artículo 13, inciso cu
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 20 de agosto de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 305 EXENTA (V. Y U.), DE 2026, QUE LLAMA A
POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA PROYECTOS DEL
SISTEMA DE SUBSIDIO HABITACIONAL, TRAMO 2, CONFORME AL ARTÍCULO
13, INCISO CUARTO DEL DS Nº 1 (V. Y U.), DE 2011, PARA PERSONAS
DAMNIFICADAS POR INCENDIO OCURRIDO EN LAS COMUNAS DE
CONCEPCIÓN, PENCO Y TOMÉ, EN ENERO DE 2026, REGIÓN DEL BIOBÍO
(Resolución)
Santiago, 13 de agosto de 2026.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.286 exenta.
Visto:
a) La resolución exenta Nº 305 (V. y U.), de fecha 24 de febrero de 2026, que llama a
postulación en condiciones especiales para proyectos del sistema de subsidio habitacional, tramo
2, conforme al artículo 13, inciso cuarto del DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, para personas
damnificadas por los incendios ocurridos en las comunas de Concepción, Penco y Tomé, en
enero de 2026, Región del Biobío;
b) El DS Nº 21, del Ministerio del Interior, de fecha 6 de febrero de 2026, que "Amplía
Declaración de Zonas Afectadas por Catástrofe, establecida mediante decreto supremo Nº 5,
2026, a las comunas que indica, todas de la Región del Biobío"; y
Considerando:
La necesidad de modificar la resolución exenta Nº 305 (V. y U.), de 2026, debido a que el
DS Nº 21 señalado en el visto b) modificó el DS Nº 5, de Interior, de 2026, ampliando la
declaración de zonas afectadas por la catástrofe derivada por los incendios ocurridos en la
Región del Biobío enero de 2026, a las comunas de Florida, Hualqui, Laja, Los Ángeles y
Nacimiento, dicto la siguiente
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta Nº 305 (V. y U.), de 2026, en el sentido de reemplazar la
expresión "comunas de Concepción, Penco y Tomé" por "comunas de Concepción, Penco,
Tomé, Florida, Hualqui, Laja, Los Ángeles y Nacimiento", todas las veces que en ella aparece.
2. Establécese que la resolución exenta Nº 305 (V. y U.), de 2026, se mantendrá vigente en
todo aquello que no ha sido modificado por esta resolución.
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