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Nombra secretario regional ministerial de bienes nacionales de la región de antofagasta núm. 44.- santiago, 5 de junio de 2026. vistos: lo dispuesto en los artículos 32 n° 10 y 35 del decreto supremo
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 20 de agosto de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE BIENES NACIONALES
NOMBRA SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE BIENES NACIONALES DE
LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA
Núm. 44.- Santiago, 5 de junio de 2026.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 10 y 35 del decreto supremo N° 100, de 2005, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; en el artículo 26 del decreto
con fuerza de ley N° 1/19.653 del año 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia,
que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en los artículos 2 letra k) y
62 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio del Interior, que fija el texto
refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional
sobre Gobierno y Administración Regional; en el artículo 6 de la ley N° 20.955, que perfecciona
el sistema de Alta Dirección Pública y fortalece la Dirección Nacional del Servicio Civil; en el
artículo 7 letra b) del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que
fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto
Administrativo; en el artículo 2 letra d) del decreto ley N° 3.274, de 1980, de esta Secretaría de
Estado, que fija la Ley Orgánica del Ministerio de Bienes Nacionales; en el artículo 5 del decreto
supremo N° 386, de 1981, del Ministerio de Bienes Nacionales, que contiene el Reglamento
Orgánico de esta Cartera de Estado; la ley N° 19.548, que modifica la planta del personal de este
Ministerio; el decreto N° 38, del Ministerio del Interior de fecha 11 de marzo de 2026; el decreto
supremo N° 43, de 13 de mayo de 2026, del Ministerio de Bienes Nacionales, que aceptó la
renuncia voluntaria presentada al cargo de Secretaria Regional Ministerial de Bienes Nacionales
de la Región de Antofagasta, por doña Camila Alexandra Alonso Klaric, a contar del 4 de mayo
de 2026; el oficio reservado N° 357, de fecha 3 de junio de 2026, del/de la Delegado/a
Presidencial de la Región de Antofagasta, que remitió a S.E. el Presidente de la República la
terna para el nombramiento del cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Bienes Nacionales
de la Región de Antofagasta; la resolución N° 36, de 2024, y sus modificaciones, de la
Contraloría General de la República; y el Certificado de no deuda de alimentos de fecha 4 de
junio de 2026.
Considerando:
1. Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 letra d) del decreto ley N° 3.274, de 1980,
que fija la Ley Orgánica del Ministerio de Bienes Nacionales, y en el artículo 5 del decreto
supremo N° 386, de 1981, que contiene el Reglamento Orgánico de esta Secretaría de Estado, las
Secretarías Regionales Ministeriales forman parte de la estructura orgánica de este Ministerio, y
en cada región del país debe existir una Secretaría Regional Ministerial del Ministerio de Bienes
Nacionales, la que a su vez, debe estar a cargo de un Secretario/a Regional Ministerial, que será
representante del Ministerio en la región y colaborador directo del Delegado/a Presidencial
Regional.
2. Que, desde el día 4 de mayo del año 2026 se encuentra vacante el cargo de Secretario/a
Regional Ministerial del Ministerio de Bienes Nacionales en la Región de Antofagasta, con
ocasión de la renuncia voluntaria presentada por doña Camila Alexandra Alonso Klaric, cédula
nacional de identidad 17.938.446-9.
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3. Que, el cargo que se provee por intermedio del presente decreto supremo es de exclusiva
confianza de S.E. el Presidente de la República, y es nombrado de entre las personas que figuren
en la terna elaborada por el Delegado Presidencial Regional, oyendo al Ministro del ramo, de
conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 letra b) del Estatuto Administrativo y el artículo 62 de
la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.
4. Que, mediante el oficio reservado N° 357, de fecha 3 de junio de 2026, el/la Delegado/a
Presidencial de La Región de Antofagasta remitió a S.E. el Presidente de la República una terna
con los nombres de las personas propuestas para el cargo de Secretario/a Regional Ministerial de
Bienes Nacionales de la Región de Antofagasta, de conformidad a lo establecido en el artículo 2
letra k) de la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración
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