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Diario Oficial· normas_generales

Declara Zona de Riesgo Sanitario

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 21 de agosto de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE SALUD Secretaría Regional Ministerial Región de la Araucanía DECLARA ZONA DE RIESGO SANITARIO (Resolución) Núm. CP 18.790/2026.- Temuco, 10 de agosto de 2026. Visto: 1.- Artículo 67 del Código Sanitario que establece que es deber de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud velar porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y bienestar de los habitantes; 2.- Artículo 9 letra b) del Código Sanitario, conforme al cual corresponde a la Autoridad Sanitaria las órdenes y medidas de carácter general, local o particular, que fueren necesarias para su debido cumplimiento; 3.- Artículo 14 del Código Sanitario que señala que corresponderá al Servicio Nacional de Salud la supresión de cualquier factor que, originado en un territorio municipal, ponga en peligro la salud, seguridad o bienestar de la población de otro territorio municipal; 4.- Artículo 12, Nº 2, de DFL 1, de 2006, según el cual las Seremis de Salud tendrán las siguientes funciones: Ejecutar las acciones que correspondan para la protección de la salud de la población de los riesgos producidos por el medio ambiente y para la conservación, mejoría y recuperación de los elementos básicos del ambiente que inciden en ella, velando por el debido cumplimiento de las disposiciones del Código Sanitario y de los reglamentos, resoluciones e instrucciones sobre la materia, para lo cual se encontrará dotado de todas las facultades y atribuciones que el Código Sanitario y demás normas legales y reglamentarias sanitario ambientales le confieren, de conformidad con lo previsto en el artículo 13; 5.- Decreto Nº 236, de 1926, Reglamento de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias; 6.- Informe Alfa N° 25E, de fecha 07.08.2026, de la Municipalidad de Teodoro Schmidt; 7.- Informe situación sanitaria comuna de Teodoro Schmidt, de fecha 09.08.2026, de la Unidad de Agua, de esta Seremi de Salud; 8.- Instrucciones del Secretario Regional Ministerial de Salud. Considerando: 1.- Que, mediante Informe de Vistos N° 6, se pone en conocimiento, en lo pertinente, que se presenta colapso del sistema de alcantarillado en la localidad de Teodoro Schmidt, calles afectadas: Lautaro, Manuel Rodríguez, José Miguel Carrera, Carlos Ibáñez del Campo, Mateo de Toro y Zambrano, Galvarino y Los Ríos. Se mantiene riesgo sanitario en Villas. 2.- Que, en documento de Vistos N° 7, se concluye que el evento meteorológico generó una afectación sanitaria en la zona urbana de Teodoro Schmidt, principalmente asociada al rebalse y saturación del sistema de evacuación de aguas servidas, con presencia de agua acumulada y escurrimientos en calles y sectores residenciales. Se evidencia cámaras sanitarias afectadas, acumulación de agua, anegamiento de vías públicas y labores de bombeo e intervención de infraestructura sanitaria, condiciones que pueden favorecer la contaminación de superficies y espacios de uso comunitario, circunstancias que representan un riesgo sanitario para la población, especialmente por el posible contacto con aguas contaminadas y por la exposición de las personas que realizan labores de limpieza o intervención de los sistemas sanitarios, pudiendo favorecer enfermedades gastrointestinales, infecciones cutáneas y otras afecciones asociadas al contacto con aguas residuales, persistiendo el riesgo sanitario mientras no se complete la limpieza, desinfección y recuperación de los sectores e infraestructura afectados, junto con la Sitio Web: www.diarioficial.cl verificación del adecuado funcionamiento del sistema de evacuación de aguas servidas; por lo que se recomienda declarar zona de riesgo sanitario para la comuna de Teodoro Schmidt. 3.- Que, es un deber legal de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud velar por que se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y bienestar de los habitantes y que se constituyan en un riesgo sanitario. 4.- Que, se deben adoptar medidas que permitan abordar la grave situación sanitaria que afecta a la comuna de Teodoro Schmidt, por lo que resulta necesario declarar zona de riesgo sanitario, a fin de que el municipio de dicha comuna gestione los recursos necesarios para asegurar que la salud de la población no se vea afectada. Teniendo presente:

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MINISTERIO DE SALUD