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ACEPTA RENUNCIA NO VOLUNTARIA DE LA DIRECTORA DEL SERVICIO DE SALUD DEL RELONCAVÍ Núm.13.-
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 24 de agosto de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE SALUD
Subsecretaría de Redes Asistenciales
ACEPTA RENUNCIA NO VOLUNTARIA DE LA DIRECTORA DEL SERVICIO DE
SALUD DEL RELONCAVÍ
Núm.13.- Santiago, 7 de mayo de 2026.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 10 y 35 del decreto supremo N° 100, de 2005, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de
ley N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del
Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°
18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el Título VI de la ley N°19.882, de 2003, que regula
nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; en el decreto con fuerza de ley
N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del
decreto ley N° 2.763, de 1979 y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469; la carta de solicitud de
renuncia remitida por la Ministra de Salud a la Directora del Servicio de Salud del Reloncaví, de
fecha 17 de marzo de 2026; en la carta de renuncia de fecha 18 de marzo de 2026; y en la
resolución N° 36 de 2024 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre
exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1) Que, mediante decreto supremo N° 28 de 2025 del Ministerio de Salud, actualmente en
trámite, se renovó el nombramiento como Directora del Servicio de Salud de Reloncaví, en
calidad de titular, de doña Bárbara Andrea Del Pino Villarreal, cédula de identidad N°
13.121.872-9, a contar del 20 de diciembre de 2025.
2) Que, el inciso primero del artículo quincuagésimo octavo de la ley N° 19.882, establece
que los altos directivos públicos tendrán, en materia de remoción, la calidad de empleados de
exclusiva confianza de la autoridad facultada para disponer su nombramiento.
3) Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 148 del Estatuto Administrativo, en
los casos de cargos de exclusiva confianza, la remoción se hará efectiva por medio de la petición
de renuncia que formulará el Presidente de la República o la autoridad llamada a efectuar el
nombramiento.
4) Que, la autoridad respectiva solicitó la renuncia a doña Bárbara Andrea Del Pino
Villarreal al cargo de Directora de Servicio de Salud de Reloncaví, mediante carta expedida el 17
de marzo de 2026, notificada con misma fecha a la interesada.
5) Que, doña Bárbara Andrea del Pino Villarreal presentó su renuncia no voluntaria a dicho
cargo, para hacerse efectiva a contar del 1 de abril de 2026.
6) Que, teniendo presente todo lo anterior;
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