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Acepta Renuncia No Voluntaria de Director del Servicio de Salud Antofagasta
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 24 de agosto de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE SALUD
Subsecretaría de Redes Asistenciales
ACEPTA RENUNCIA NO VOLUNTARIA DE DIRECTOR DEL SERVICIO DE SALUD
ANTOFAGASTA
Núm. 22.- Santiago, 24 de junio de 2026.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 10 y 35 del decreto supremo N° 100, de 2005, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de
ley N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del
Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°
18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el Título VI de la ley N° 19.882, de 2003, que regula
nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; en el decreto con fuerza de ley
N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del
decreto ley N° 2.763, de 1979 y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469; en el decreto supremo N°
17, de 2026, del Ministerio de Salud, actualmente en trámite; en la carta de solicitud de renuncia
remitida por la Ministra de Salud al Director del Servicio de Salud Antofagasta, de fecha 17 de
marzo de 2026; en el reservado N° 9, de fecha 18 de marzo de 2026, que contiene renuncia no
voluntaria; y en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija
normas sobre exención del trámite de toma de razón, y sus modificaciones.
Considerando:
1) Que, mediante decreto supremo N° 17, de 2026, del Ministerio de Salud, actualmente en
trámite, se regularizó la renovación en el nombramiento como Director del Servicio de Salud
Antofagasta, en calidad de titular, de don Francisco de Paula Grisolia Cirera, cédula de identidad
N° 7.313.165-0, a contar del 27 de diciembre de 2025.
2) Que, el inciso primero del artículo quincuagésimo octavo de la ley N° 19.882, establece
que los altos directivos públicos tendrán, en materia de remoción, la calidad de empleados de
exclusiva confianza de la autoridad facultada para disponer su nombramiento.
3) Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 148 del Estatuto Administrativo, en
los casos de cargos de exclusiva confianza, la remoción se hará efectiva por medio de la petición
de renuncia que formulará el Presidente de la República o la autoridad llamada a efectuar el
nombramiento.
4) Que, la autoridad respectiva solicitó la renuncia de don Francisco de Paula Grisolia
Cirera al cargo de Director del Servicio de Salud Antofagasta, mediante carta expedida el 17 de
marzo de 2026, notificada con misma fecha al interesado.
5) Que, mediante reservado N° 9, de fecha 18 de marzo de 2026, don Francisco de Paula
Grisolia Cirera, presentó su renuncia no voluntaria a dicho cargo, para hacerse efectiva a contar
del 15 de abril de 2026.
6) Que, teniendo presente todo lo anterior,
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