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Diario Oficial· normas_generales

Prohíbe Circulación de Todo Tipo de Vehículos Motorizados, en Tramo, Sentido y Horario Que Indica, por el Plazo Que Señala en Avenida Altamirano de

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 24 de agosto de 2026

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región de Valparaíso PROHÍBE CIRCULACIÓN DE TODO TIPO DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, EN TRAMO, SENTIDO Y HORARIO QUE INDICA, POR EL PLAZO QUE SEÑALA EN AVENIDA ALTAMIRANO DE LA COMUNA DE VALPARAÍSO, REGIÓN DE VALPARAÍSO Núm. 1.769 exenta.- Valparaíso, 12 de agosto de 2026. (Resolución) Visto: Los artículos 6° y 7° de la Constitución Política de la República; el artículo 3° de la ley N° 18.696; la Ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo dispuesto en los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; lo establecido en la ley Nº 18.059; y las resoluciones 59, de 1985, y 39, de 1992, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el decreto N° 113, de 21 de julio de 2026, del Ministerio del Interior; la resolución exenta N° 137, de fecha 29 de julio de 2026, del Director General de Obras Públicas, el Ministro de Obras Públicas y la Directora Nacional de Obras Portuarias; el Ord. N° 392, de fecha 29 de julio de 2026, de la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas de la Región de Valparaíso; el Informe de Factibilidad N° 14/2026, de la Primera Comisaría Sur de la Prefectura de Valparaíso, la resolución exenta N° 742, de 2020, Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Valparaíso; la resolución N°36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y demás normativa aplicable, Considerando: 1. Que, mediante decreto 113, de 21 de julio de 2026, el Ministerio del Interior declaró como zona afectada por catástrofe a las regiones de Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana de Santiago, Libertador General Bernardo O'Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Lagos, a raíz del frente de mal tiempo del pasado mes de julio. 2. Que, como es de conocimiento público, a contar del 14 de julio de 2026, parte del territorio nacional, especialmente entre las regiones de Atacama y Los Ríos, se vio afectado por un sistema frontal caracterizado por intensas precipitaciones, además de fuertes vientos, tormentas eléctricas y marejadas. 3. Que, en el caso particular de Valparaíso, este frente –entre otros daños– provocó el agravamiento del socavón existente en el sector Asmar, generando una condición de riesgo inminente para la infraestructura vial y sanitaria de Avenida Altamirano de la comuna de Valparaíso. 4. Que, Avenida Altamirano constituye una infraestructura vial estratégica para la conectividad de la Región de Valparaíso, al corresponder, junto con el Camino La Pólvora, a uno de los dos únicos accesos terrestres al Puerto de Valparaíso. Asimismo, constituye el principal acceso al sector de Playa Ancha donde se emplazan establecimientos de salud, recintos educacionales, dependencias universitarias e instalaciones de carácter estratégico. En consecuencia, cualquier interrupción de esta Avenida genera un impacto directo sobre la conectividad, el abastecimiento del sector de Playa Ancha y la capacidad de respuesta. Sitio Web: www.diarioficial.cl 5. Que, mediante ordinario N° 392, de 29 de julio de 2026, la Secretaria Regional Ministerial de Obras Públicas de la Región de Valparaíso informó al Delegado Presidencial de la Región de Valparaíso que a través de la resolución exenta N° 137, de fecha 29 de julio de 2026, se declara la situación de emergencia y permite abordar las obras derivadas del evento climático asociado al sistema frontal y fenómeno meteorológico, tales como obras de protección costera destinadas a detener los procesos erosivos y de socavación que afectan la infraestructura del sector, resguardando la estabilidad del muro de mampostería y prolongando su vida útil frente a la acción del oleaje y las marejadas. Una vez concluidas estas obras, la Dirección de Vialidad habilitará a calzada de la Ruta F-72. 6. Que, por todo lo anteriormente expuesto, se ha solicitado a esta Secretaría Regional Ministerial decretar la prohibición de circulación de todo tipo de vehículos en el área afectada, así como diversas medidas de gestión para disminuir la congestión vehicular en horarios de mayor demanda, distribuyendo viajes y servicios de locomoción colectiva que comúnmente

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