Diario Oficial· normas_generales
Modifica resoluciones que indica, correspondientes a llamados a postulación en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos de los capítulos primero, segundo, tercero y cuarto del programa d
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 25 de agosto de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
MODIFICA RESOLUCIONES QUE INDICA, CORRESPONDIENTES A LLAMADOS A
POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE
PROYECTOS DE LOS CAPÍTULOS PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO
DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO
POR EL DS N° 27 (V. Y U.), DE 2016, DEL AÑO 2026
(Resolución)
Santiago, 17 de agosto de 2026.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.306 exenta.
Visto:
a) El DS N° 27 (V. y U.), de 2016, que reglamenta el Programa de Mejoramiento de
Viviendas y Barrios; en especial la facultad otorgada en su artículo 24, respecto al
establecimiento de requisitos, impedimentos, condiciones y exigencias, para regular la
postulación en Llamados en condiciones especiales;
b) La resolución exenta N° 43, de fecha 13 de enero de 2026, del Ministerio de Hacienda y
Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que autoriza a efectuar llamados a postulación y/o
comprometer recursos en el otorgamiento de Subsidios Habitacionales durante el año 2026 en
Sistemas y Programas Habitacionales que indica;
c) La resolución exenta N° 1.001 (V. y U.), de fecha 7 de julio de 2026, que llama a
postulación individual o grupal, en condiciones especiales a Proyectos para la Vivienda,
correspondientes al Capítulo Segundo, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios,
regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016, en las regiones que indica, fija la distribución de
recursos para el año 2026 y aprueba “Anexos 1, 2 y 3” del Llamado;
d) La resolución exenta N° 1.002 (V. y U.), de fecha 7 de julio de 2026, que llama a
postulación nacional en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Capítulo
Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios,
regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016, fija condiciones para su aplicación, el monto de los
recursos disponibles y su distribución;
e) La resolución exenta N° 1.000 (V. y U.), de fecha 7 de julio de 2026, que llama a
postulación en las regiones de Coquimbo, Del Maule, Ñuble, Los Ríos, Los Lagos y Magallanes,
y autoriza la realización de llamados regionales a los Secretarios Regionales Ministeriales de
Vivienda y Urbanismo de las regiones de Valparaíso, Metropolitana, O'Higgins, Biobío y La
Araucanía, para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y
Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016, Capítulo Tercero, proyectos para
condominios de viviendas;
f) La resolución exenta N° 1.048 (V. y U.), de fecha 14 de julio de 2026, que llama a
postulación nacional en condiciones especiales año 2026, para el desarrollo de proyectos del
Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios correspondientes al Capítulo Cuarto,
destinados a proyectos de eficiencia energética y a proyectos de acondicionamiento térmico de la
vivienda, tanto en la línea general como en el marco de los planes de descontaminación
atmosférica, además fija la cantidad de recursos que se destinarán al financiamiento de cada una
de las líneas de atención del Programa y aprueba “Anexos” del Llamado, y
Sitio Web: www.diarioficial.cl
Considerando:
1. Que, mediante las resoluciones citadas en los Visto c), d), e) y f) de la presente
resolución, se realizaron para el año 2026 llamados a postulación del Programa de Mejoramiento
de Viviendas y Barrios, regulado mediante el DS N° 27 (V. y U.), de 2016, respecto de los cuales
resulta necesario introducir diversas modificaciones, con el objeto de precisar requisitos y
condiciones de aplicación, corregir errores materiales, perfeccionar aspectos operativos y
facilitar la adecuada implementación de los respectivos procesos de postulación y ejecución de
proyectos.
2. Que, se ha estimado necesario precisar las condiciones para la acreditación de los aportes
adicionales contemplados en el llamado regulado por la resolución exenta N° 1.002 (V. y U.), de
2026, citada en el Visto d), particularmente respecto del valor de la Unidad de Fomento aplicable
para dichos efectos.
3. Que, se ha estimado necesario incorporar al llamado a postulación regulado mediante la
resolución exenta N° 1.001 (V. y U.), de 2026, citada en el Visto c) de la presente resolución,
ajustes destinados a ampliar el acceso a determinadas líneas de atención, perfeccionar aspectos
operativos asociados a la ejecución y financiamiento de los proyectos, precisar requisitos y
condiciones aplicables a
intervenciones, y corregir aspectos que puedan generar
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
Ver documento completo (PDF)Organismo
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO