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Diario Oficial· normas_generales

Nombra Comisionado Presidencial para la Coordinación de Fronteras y Seguridad Estratégica en la Macrozona Norte

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 26 de agosto de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DEL INTERIOR Subsecretaría del Interior NOMBRA COMISIONADO PRESIDENCIAL PARA LA COORDINACIÓN DE FRONTERAS Y SEGURIDAD ESTRATÉGICA EN LA MACROZONA NORTE Núm. 41.- Santiago, 11 de marzo de 2026. Visto: Lo dispuesto en los artículos 1°, 5°, 24, 32 N° 6 y N° 21, y 35, de la Constitución Política de la República; en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior; en la ley N° 21.730, que crea el Ministerio de Seguridad Pública; en la Ley N° 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas; en la Ley N° 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional; en la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en la Ley N° 21.796, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2026; en la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos; en la Ley N° 21.325, de Migración y Extranjería; en la normativa vigente sobre orden público y seguridad interior del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en el decreto supremo N° 78, de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la resolución exenta N° 240, de 11 de marzo de 2026, de la Dirección Administrativa de la Presidencia de la República; en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, y demás norma pertinentes. Considerando: 1. Que, es atribución del Presidente de la República velar por el orden público y la seguridad interior del Estado, así como la conducción superior de la administración del país. 2. Que, la situación migratoria y de seguridad en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá y Antofagasta requiere de una respuesta estatal coordinada y una asesoría técnica de alto nivel para enfrentar fenómenos de flujo migratorio irregular y crimen organizado transnacional. 3. Que, conforme al criterio de la Contraloría General de la República, estas designaciones deben poseer un carácter estrictamente de asesoría y de colaboración, sin que ello implique el ejercicio de atribuciones ejecutivas propias de los órganos administrativos.

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MINISTERIO DEL INTERIOR