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Diario Oficial· normas_generales

Formaliza Designación de Integrante del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 26 de agosto de 2026

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MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO Subsecretaría de las Culturas y las Artes FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTE DEL CONSEJO DEL ARTE Y LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL Núm. 2.366 exenta.- Valparaíso, 13 de agosto de 2026. (Resolución) Visto: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley Nº 19.981, sobre Fomento Audiovisual y su respectivo Reglamento; en el decreto supremo Nº 265, de 2004, del Ministerio de Educación, que aprueba el reglamento para la constitución del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual; en la resolución exenta Nº 205, de 2006, del Consejo Nacional de las Culturas y las Artes, que aprueba la forma de determinar la representatividad cualitativa de las organizaciones nacionales y regionales para designación de integrantes del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual; en la resolución Nº 36, de 2024, de Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón y sus modificaciones; y en la resolución exenta Nº 2.302, de 2024, de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, que formaliza designación de integrante del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual. Considerando: Que la ley Nº 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio como la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley. De este modo, el artículo 3 Nº 1 de la ley, establece como función del Ministerio la promoción y contribución al desarrollo de la creación artística y cultural, fomentando la creación, producción, mediación, circulación, distribución y difusión, entre otros, del ámbito audiovisual. Que el artículo 4º de la ley Nº 19.981 crea en el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, que tiene, entre otras facultades, la de asesorar al Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio en la formulación y elaboración de la política de desarrollo estratégico nacional del audiovisual. Que, de acuerdo a la normativa vigente, el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual está compuesto por 17 miembros que duran 2 años en sus cargos, a cuya integración concurren, entre otros, un representante de los actores o actrices de audiovisuales que será designado por la entidad nacional de carácter más representativa que los agrupe, lo que será formalizado por resolución de la Subsecretaria de las Culturas y las Artes, conforme se establece en la letra j) del artículo 5 de la mencionada ley Nº 19.981 en relación a los artículos 2 y 3 del decreto supremo Nº 265, de 2004, del Ministerio de Educación, que contiene el Reglamento para la Constitución del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual. Sitio Web: www.diarioficial.cl Que, en virtud de lo anterior, mediante resolución exenta Nº 2.302, de 2024, se formalizó la designación de doña Alejandra Soledad Cillero Rojas como integrante del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, en calidad de representante de los actores o actrices audiovisuales, por el período de dos años. Que, ante el próximo vencimiento del plazo para el cual fue designada la consejera antes individualizada, la Secretaría del Fondo de Fomento Audiovisual, mediante Certificado Nº 12.24/533, de fecha 3 de junio de 2026, certificó que la Corporación de Actores de Chile Chileactores es la entidad de carácter nacional más representativa que agrupa a los actores o actrices audiovisuales, por lo que de conformidad a lo prescrito por el artículo 5 del Reglamento para la constitución del Consejo, procedió a solicitar por escrito a la respectiva entidad que efectuara la designación correspondiente, ante lo cual, mediante carta de su presidenta, de fecha

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