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Diario Oficial· normas_generales

Formaliza Designación de Representantes Que Indica para Integrar El Consejo del Arte y la Industria Audiovisual

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 27 de agosto de 2026

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MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO Subsecretaría de las Culturas y las Artes FORMALIZA DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES QUE INDICA PARA INTEGRAR EL CONSEJO DEL ARTE Y LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL Núm. 387 exenta.- Valparaíso, 19 de febrero de 2026. (Resolución) Visto: Lo dispuesto en la Ley N° 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.981, sobre Fomento Audiovisual y su respectivo reglamento; en el decreto supremo N° 265, de 2004, que aprueba el reglamento para la constitución del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual; en la resolución exenta N° 1.832, de 2023, que designa integrante del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual; en la resolución exenta N° 921, de 2024, que formaliza renuncia y designación de integrante del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual; en la resolución exenta N° 2.571, de 2024, que designa integrante del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual; en la resolución exenta N° 3.607, de 2025, que formaliza renuncia de integrante del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, todas de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes; en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y su modificación, y en la resolución N° 7, de 2025, sobre materias de personal, de la Contraloría General de la República. Considerando: Que la Ley N° 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio como la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley. De este modo, el artículo 3, numeral 1° de la ley, establece como función del Ministerio la promoción y contribución al desarrollo de la creación artística y cultural, fomentando la creación, producción, mediación, circulación, distribución y difusión, entre otros, del ámbito audiovisual. Que el artículo 4° de la Ley N° 19.981 crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, que tiene, entre otras facultades, la de asesorar al Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio en la formulación y elaboración de la política de desarrollo estratégico nacional audiovisual. Que, de acuerdo a la normativa vigente, el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual se integrará, entre otros, por un representante de los guionistas, nombrado por la Subsecretaría de las Culturas, de conformidad al artículo 5 letra m) de la referida ley N° 19.981, en relación al artículo 2, letra m) y 3 del decreto supremo N° 265, del Ministerio de Educación, que aprueba el reglamento para la constitución del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual; por lo que mediante resolución exenta N° 1.832, de 2023, fue designada doña Bárbara Zemelman Cárcamo, como representante de los guionistas del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, quien, por motivos laborales, presentó su renuncia al cargo con fecha 19 de marzo de 2024, lo que fue Sitio Web: www.diarioficial.cl formalizado mediante resolución exenta N° 921, de 2024, la que a su vez formalizó designación de don José Fonseca Alonso de Souza en su reemplazo, cuyo periodo acaba de expirar. Que, en consecuencia, y en virtud de la normativa ya citada, corresponde a esta autoridad designar al representante de los guionistas para integrar el citado Consejo, designándose en esta oportunidad a doña María de la Luz Croxatto Díaz, quien asumirá por el plazo de dos años, desde la dictación del presente acto administrativo. Que, por otro lado, de acuerdo a la normativa vigente, el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual también se integrará, entre otros, por dos académicos de reconocido prestigio profesional en materias audiovisuales, nombrados a propuesta de las entidades de educación superior que gocen de autonomía y que impartan formación profesional audiovisual; de

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