Red Judicial
Volver al inicio
Diario Oficial· normas_generales

Aprueba Reglamento del Artículo 6° de la Ley N° 21.045, Que Determina La Estructura Organizativa Interna del Ministerio de las Culturas, Las Artes y el Patrim

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 28 de agosto de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO Subsecretaría de las Culturas y las Artes APRUEBA REGLAMENTO DEL ARTÍCULO 6° DE LA LEY N° 21.045, QUE DETERMINA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA INTERNA DEL MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO Núm. 70.- Valparaíso, 15 de abril de 2026. Vistos: Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en el decreto con fuerza de ley N° 35, de 2017, del Ministerio de Educación, que fija plantas de personal del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, y en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Considerando: 1) Que, con fecha 3 de noviembre de 2017, se publicó en el Diario Oficial la Ley 21.045 que creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio (el “Ministerio”), Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad, reconociendo y valorando las culturas de los pueblos indígenas, la diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios que la misma ley contempla. 2) Que, con fecha 28 de febrero de 2018, se publicó en el Diario Oficial el decreto con fuerza de ley N° 35, de 2017, del Ministerio de Educación, que fijó plantas de personal del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural. 3) Que, conforme al artículo 13° del decreto con fuerza de ley N° 35, el Ministerio, sus Subsecretarías y el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural entraron en funcionamiento el 1 de marzo de 2018. 4) Que, el artículo 6° de la ley N° 21.045 dispuso que un reglamento expedido por el Ministerio y dictado conforme a la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, determinará su estructura organizativa interna. 5) Que, el mismo artículo 6° estableció que, para efectos de establecer la estructura interna del Ministerio, deberán considerarse, a lo menos, las siguientes áreas para cumplir funciones en todo el Ministerio, incluyendo ambas subsecretarías: Planificación y Presupuesto y Asesoría Jurídica. Adicionalmente, se habilitó al Ministerio a establecer otras áreas que fueren necesarias Sitio Web: www.diarioficial.cl para dar cumplimiento a sus objetivos, funciones y atribuciones, o bien, de algunas de las subsecretarías. 6) Que, a la fecha del presente decreto no se ha expedido el reglamento al que se refiere el artículo 6° de la ley N° 21.045, resultando necesario proceder a su dictación a fin de cumplir con el mandato legal y, en definitiva, determinar la estructura organizativa del Ministerio. 7) Que, en la elaboración del presente reglamento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 6° de la ley N° 21.045, habiéndose considerado los mecanismos de información a los funcionarios del Ministerio y a sus asociaciones.

Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:

Ver documento completo (PDF)

Organismo

DETERMINA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA INTERNA DEL MINISTERIO DE