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Diario Oficial· normas_generales

Suspende Concurso de Ingreso a la Planta del Servicio Local de Educación Pública del Litoral, Regulado en el Artículo Tri

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 15 de junio de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Dirección de Educación Pública Servicio Local de Educación Pública del Litoral SUSPENDE CONCURSO DE INGRESO A LA PLANTA DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL LITORAL, REGULADO EN EL ARTÍCULO TRIGÉSIMO OCTAVO TRANSITORIO DE LA LEY N° 21.040 Núm. 17 exenta.- San Antonio, 4 de junio de 2026. (Resolución) Visto: Lo dispuesto en la Ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 21.040, que Crea el Sistema de Educación Pública; en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 43, de 2018, del Ministerio de Educación, que fija planta de personal del Servicio Local de Educación Pública de la Región de Valparaíso, que comprende las comunas de San Antonio, Algarrobo, El Quisco, El Tabo, Casablanca y Santo Domingo, y otras materias que indica; en el decreto N° 162, de 2022, del Ministerio de Educación; en el decreto N° 69, de 2004, del Ministerio de Hacienda; en la resolución N° 1, de 2017, de la Dirección Nacional del Servicio Civil; en el decreto supremo N° 44, de 2026, que designa en su cargo a la Directora Ejecutiva del Servicio Local de Educación Pública del Litoral; en la resolución exenta N° 2.232, de 2025, que aprueba las bases y los anexos del llamado a concurso de ingreso a la planta del Servicio Local de Educación Pública del Litoral, de conformidad al artículo trigésimo octavo de la ley N° 21.040; en la resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón, de las materias de personal que se indican; y Considerando: 1°. Que, según lo establecido en el artículo 16 de la ley N° 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública (en adelante "la Ley"), los Servicios Locales de Educación Pública son órganos públicos funcional y territorialmente descentralizados, con personalidad jurídica y patrimonio propios, los que se relacionarán con el Presidente de la República a través del Ministerio de Educación. 2°. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 63 del decreto N° 162, de 2022, del Ministerio de Educación, el Servicio Local de Educación Pública del Litoral (en adelante e indistintamente "SLEP del Litoral") inició sus funciones el día 1° de marzo de 2025, de modo que, conforme a lo establecido en el artículo 41 de la ley N° 21.796 y en el artículo octavo transitorio de la ley N° 21.040, el servicio educacional será traspasado el día 1° de enero de 2027. 3°. Que, el SLEP del Litoral está a cargo de su Directora Ejecutiva, quien es la jefa superior del servicio, de conformidad a lo establecido en el artículo 21 de la ley N° 21.040, y en tal carácter le corresponde su dirección y administración, así como las funciones de dirigir, Sitio Web: www.diarioficial.cl organizar y administrar el funcionamiento del SLEP del Litoral, representarlo extrajudicialmente y ejecutar y celebrar los actos y contratos necesarios para el cumplimiento de sus fines. En particular, la letra d) del artículo 22 de la ley establece como una atribución de la Directora Ejecutiva la contratación y designación del personal del Servicio Local. 4°. Que, en lo que interesa al presente acto administrativo, el artículo trigésimo octavo transitorio de la ley dispone que, una vez nombrado en su cargo, el Director Ejecutivo del Servicio Local llamará a concurso, en el que participará el personal que se desempeñe en los Departamentos de Administración de Educación Municipal, con desempeño al menos tres años antes del traspaso del servicio educacional. 5°. Que, de acuerdo con la prerrogativa establecida en el inciso quinto del artículo trigésimo quinto transitorio de la ley, la Dirección de Educación Pública dictó la resolución exenta N° 2.232, de 2 de diciembre de 2025, que aprueba las bases y los anexos del llamado a concurso de ingreso a la planta del SLEP del Litoral, de conformidad a lo dispuesto en el artículo trigésimo octavo transitorio de la ley N° 21.040.

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