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Otorga a pv volcán chascón SpA concesión eléctrica definitiva para establecer el tramo 3 del proyecto denominado "línea de transmisión 1x220 kv volcán chascón - se nueva lampa", en la región metropoli
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 31 de agosto de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE ENERGÍA
OTORGA A PV VOLCÁN CHASCÓN SpA CONCESIÓN ELÉCTRICA DEFINITIVA
PARA ESTABLECER EL TRAMO 3 DEL PROYECTO DENOMINADO "LÍNEA DE
TRANSMISIÓN 1X220 KV VOLCÁN CHASCÓN - SE NUEVA LAMPA", EN LA
REGIÓN METROPOLITANA, PROVINCIA DE CHACABUCO, COMUNA DE LAMPA
Núm. 199 exento.- Santiago, 21 de agosto de 2026.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 11° y 29° del decreto con fuerza de ley N° 4/20.018, de 2006,
del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado
y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 1, de Minería, de 1982, Ley General de
Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante "Ley General de Servicios
Eléctricos", y sus modificaciones posteriores; en la ley N° 19.880, que establece bases de los
procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del
Estado; en el decreto supremo N° 38, de 2026, del Ministerio del Interior, que nombra ministros
de Estado en las carteras que indica; en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General
de la República, y sus modificaciones posteriores; y
Considerando:
1. Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en su oficio
ordinario electrónico N° 341008, de 7 de julio de 2026, el cual pasa a formar parte del presente
acto administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 de la ley N° 19.880, que
establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la
Administración del Estado.
2. Que, la resolución exenta N° 36.655, de 10 de diciembre de 2025, de la Superintendencia
de Electricidad y Combustibles, acogió la petición de división de la solicitud de concesión
definitiva para establecer el proyecto denominado "Línea de Transmisión 1x220 kV Volcán
Chascón - SE Nueva Lampa", dividiéndose la concesión solicitada en tres tramos, a saber:
"Tramo 1", "Tramo 2" y "Tramo 3".
3. Que, la aceptación de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, señalada en el
considerando anterior, fue efectuada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29° de la Ley
General de Servicios Eléctricos, dividiéndose la concesión solicitada en los diversos tramos
indicados, correspondiendo el presente acto administrativo al "Tramo 3".
4. Lo dispuesto por la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República,
en particular, su artículo 14, literal C), numeral 14.7, disposición que somete al trámite de toma
de razón el otorgamiento y terminación de concesiones de los sectores sanitario, gas y de
distribución eléctrica, encontrándose exentas, por lo tanto, las vinculadas a transmisión eléctrica.
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