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Dirección General de Aguas / Solicitudes de Derechos de Aguas COMUNA DE COLINA Solicitud de proyecto de modificación de cauce la Humberto Andrés Rivas Guzmán, RUT N°14.118.493-8, en representación de

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MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Dirección General de Aguas / Solicitudes de Derechos de Aguas COMUNA DE COLINA Solicitud de proyecto de modificación de cauce la Humberto Andrés Rivas Guzmán, RUT N°14.118.493-8, en representación de CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DIVISIÓN ANDINA (CODELCO Andina), RUT N°61.704.000-K, ambos con domicilio en Huérfanos N°1270, Región Metropolitana, al Sr. Director General de la Dirección General de Aguas respetuosamente digo: Solicito la aprobación del “Proyecto Obra Hidráulica Mayor – Proyecto Tubería Impulsión Agua para uso industrial desde Depósito de Relaves Ovejería a Planta Concentradora”, y la autorización de construcción de sus obras, ubicado en la comuna de Colina, provincia de Chacabuco, Región Metropolitana, de conformidad al procedimiento previsto en el párrafo 1º del Título I, del Libro II, a los artículos 41 y 171, letra c) del artículo 294 y siguientes, todos del Código de Aguas. Las obras de la solicitud forman parte del EIA del proyecto “Sistema de Impulsión de Agua para Uso Industrial desde Depósito de Relaves Ovejería a Planta Concentradora de División Andina”, que proyecta la instalación de una tubería de aproximadamente 70 km de longitud junto a otras obras anexas, en adelante “el Proyecto SAR”, según consta su admisibilidad en la resolución exenta Nº 20249900146/2024 del SEA, ubicado en las comunas de Tiltil y Colina, provincia de Chacabuco, de la Región Metropolitana de Santiago, y en las comunas de Los Andes y Calle Larga, provincia de Los Andes, de la Región de Valparaíso. La solicitud en análisis se acoge al artículo 108 inciso final del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, decreto 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente. Luego, las obras sometidas a aprobación sectorial son una parte del sistema de impulsión antes indicado, correspondiente a una tubería soterrada de 4,1 km de longitud, que conduce 0,610 m3/s y estará ubicada a menos de un kilómetro del límite urbano, con una cota de fondo que supera en 10 metros de dicho límite, acogiéndose así al literal c) del artículo 294 del Código de Aguas. Asimismo, la tubería en su trayecto modificará cuatro (4) cauces naturales, de escurrimiento discontinuo, acogiéndose, también, a los artículos 41 y 171 del Código de Aguas. Las obras corresponden a tres (3) badenes de mampostería de piedra, y una (1) obra de restitución de terreno. Las obras modificarán los mismos cauces permitiendo el paso libre de las aguas en aquellos cruces de cauces con la tubería de impulsión proyectada. Las obras de la solicitud en análisis se ubicarán aproximadamente en las coordenadas UTM (metros), Datum WGS 84, Huso 19, que se indican a continuación: Obra del artículo 294, literal c), del Código de Aguas: • Tubería. Inicio: Este 339.133 m y Norte 6.346.595 m; Fin: Este 342.437 m y Norte 6.347.717 m. Obras de los artículos 41 y 171 del Código de Aguas: • Tubería y Badén LAR 13 modificarán la Quebrada Infiernillo en las Coordenadas Este 339.590 m y Norte 6.346.670 m. • Tubería y Badén LAR 14 modificarán un Cauce Sin Nombre en las Coordenadas Este 340.710 m y Norte 6.347.105 m. Sitio Web: www.diarioficial.cl • Tubería y Badén LAR 15 modificarán un cauce IGM Sin Nombre, en las Coordenadas Este 341.127 m y Norte 6.347.405 m. • Tubería y obra Restitución de Terreno LAR 16 modificarán el Estero Santa Margarita en las Coordenadas Este 342.353 m y Norte 6.347.611 m. Sitio Web: www.diarioficial.cl

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MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS