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MANUEL ANDRÉS CASTRO GARCÍA, Pasaporte AU529006, de la demanda, su proveído y acta de fecha 22.0

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 1 de septiembre de 2026

Texto del documento

NOTIFICACIÓN En causa C-750-2025, RUC 25-2-5333641-5, se ha ordenado notificar a través de extracto al demandado don MANUEL ANDRÉS CASTRO GARCÍA, Pasaporte AU529006, de la demanda, su proveído y acta de fecha 22.07.2026. Demanda: CAMILA JESÚS MARTÍNEZ AGUIRRE, en representación de su hija ISABELLA CASTRO MARTÍNEZ, interpone demanda de impugnación de paternidad en contra de don MANUEL ANDRÉS CASTRO GARCÍA, solicitando se declare que el demandado no detenta filiación paterna respecto de la niña, fundado en que nunca ha concurrido a las necesidades de su hija, no ha participado en la crianza de ella y nunca tuvo intención de acercarse. CAMILA JESÚS MARTÍNEZ AGUIRRE, en representación de su hija ISABELLA CASTRO MARTÍNEZ, interpone demanda de reclamación de paternidad en contra de don DANIEL ISAÍAS MIRANDA MÉNDEZ, solicitando se declare la filiación paterna, por posesión notoria, entre la niña y el demandado. Resolución de fecha 25.06.2025: En Rancagua, con la fecha señalada en la firma, se dicta la presente resolución: Al escrito de fecha 2 de junio de 2025: regístrese el primer domicilio del demandado, don Manuel Andrés Castro García y estese a lo que se resolverá. Al escrito de fecha 23 de junio de 2025: estese a lo resuelto precedentemente. Al escrito de fecha 24 de marzo de 2025: A lo principal y primer otrosí: por admitidas demandas de impugnación y reclamación de filiación, traslado. Los demandados deberán contestar las demandas por escrito, con a lo menos CINCO días hábiles de anticipación a la fecha de la audiencia preparatoria. Se cita a audiencia preparatoria para el día 3 de octubre de 2025, a las 10:45 horas (sala N° 5), la que se celebrará con quienes asistan afectando a los que no concurran, todas las resoluciones que se dicten en ella sin ulterior notificación. Las partes deberán estar patrocinadas por abogado habilitado para el ejercicio de la profesión y representadas por personas legalmente habilitadas para actuar en juicio, en caso de no tener recursos para contratarlo, podrán concurrir a la Corporación de Asistencia Judicial ubicada en Avenida Einstein N° 290, piso 8, Edificio Plaza América, Rancagua (teléfono celular: 9-39420348 horario de atención de lunes a viernes, de 09:00 a 13:00 horas y 15:00 a 17:00 horas. DE LA COMPARECENCIA A AUDIENCIAS. Atendido lo dispuesto en el artículo 60 de la ley 19.968, las partes deberán concurrir personalmente a la audiencia fijada, lo anterior, es sin perjuicio de su comparecencia vía telemática, en los términos y condiciones que establece el artículo 60 bis de la ley 19.968. Al segundo otrosí: por acompañados, sin perjuicio de ofrecerlos e incorporarlos en la audiencia respectiva, si procediere. Al tercer otrosí: estese al mérito de los antecedentes. Al cuarto otrosí: téngase presente patrocinio y poder. Se autoriza el correo electrónico referido como forma de notificación válida para todas aquellas resoluciones que no puedan sólo ser notificadas por el estado diario. Atendido lo dispuesto en el artículo 197 del Código Civil, adóptense las medidas administrativas pertinentes para mantener el proceso con carácter de reservado. Notifíquese al demandante por correo electrónico. Notifíquese al demandado, don Daniel Isaías Miranda Méndez, de forma personal por funcionario de Centro de Notificaciones, o en su defecto por Carabineros de Chile. Notifíquese al demandado, don Manuel Andrés Castro García, de forma personal por exhorto. Resolución dictada por el Juez o la Jueza del Juzgado de Familia de Rancagua que se individualiza en la imagen de firma electrónica estampada en la presente resolución. En Rancagua con la fecha consignada en la firma, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Acta de fecha 22.07.2026: VISTOS: Atendido que el demandado Manuel Andrés Castro García no ha sido notificado por avisos con la anticipación que señala el artículo 59 de la Ley 19968, se suspende la presente audiencia, y se fija para su realización el día 21 de septiembre del año 2026 a las 9.45 horas en sala 5. Se autoriza la comparecencia de todos los intervinientes a través de videoconferencia (plataforma virtual ZOOM). Al conectarse, deberán unirse con video y colocar su nombre y apellido en la pantalla para una fácil identificación. El ID y contraseña respectiva para proceder a la conexión es el siguiente SALA Sala 5, ID 999 2442 1383, CONTRASEÑA 996350, LINK ZOOM https://zoom.us/j/99924421383. Se designa curador Ad- Litem de la niña Isabella Castro

Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:

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