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Deja sin Efecto Resolución Nº 878 Exenta de 2026 SAG Tarapacá, y Establece Regulaciones Cuarentenarias para el Control
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 2 de septiembre de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Tarapacá
DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº 878 EXENTA DE 2026 SAG TARAPACÁ, Y
ESTABLECE REGULACIONES CUARENTENARIAS PARA EL CONTROL Y
ERRADICACIÓN DE LA MOSCA DEL MEDITERRÁNEO [CERATITIS CAPITATA
(W.)], EN LOS LUGARES QUE INDICA
Núm. 1.385 exenta.- Iquique, 27 de julio de 2026.
(Resolución
Vistos:
Lo dispuesto en el decreto ley Nº 3.557 de 1980, del Ministerio de Agricultura, sobre
Protección Agrícola y sus posteriores modificaciones; la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio
Agrícola y Ganadero, modificada por la ley Nº 19.283 y sus modificaciones posteriores; la
resolución exenta Nº 3.513 del SAG de 7 de diciembre de 1995, publicada en el Diario Oficial el
13 de diciembre del mismo año; la resolución exenta Nº 3.080 del 20 de octubre de 2003 de la
Dirección Nacional del SAG, que establece criterios de regionalización en relación a las plagas
cuarentenarias para el territorio de Chile; la resolución exenta Nº 6.221/2017 que aprueba Plan
de Emergencia para la implementación de medidas fitosanitarias de cuarentena interna, ante
declaración de brote de Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata); resolución exenta Nº
661/2022, complementada por resolución exenta Nº 1.533/2024; resolución exenta Nº 878/2026
que activa vigilancia intensiva ante la detección de un único ejemplar adulto de Mosca del
Mediterráneo [Ceratitis capitata (Wied)]; la resolución Nº 36 de 2024 de la Contraloría General
de la República y las facultades que me han sido otorgadas en virtud de resolución exenta R.A.
Nº 240/839/2024, de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución
exenta Nº 493 del 20 de enero de 2026 de la Dirección Nacional del SAG.
Considerando:
1. Que, por resolución exenta Nº 3.513, citada en vistos, se declaró a Chile como país libre
de la plaga de los vegetales conocida como “Mosca del Mediterráneo” [Ceratitis capitata
(Wied)].
2. Que, con fecha 25 de mayo de 2026, se ha detectado la presencia de un ejemplar de este
insecto, correspondiente a una hembra fértil (joven) no inseminada, en el área de la localidad de
Caleta Los Verdes, comuna de Iquique.
3. Que, con fecha 18 de julio de 2026, se detectó un nuevo ejemplar adulto de esta especie
correspondiente a un macho maduro, dentro del radio de 2,25 km de distancia respecto de
captura indicada en punto 2 y, durante el transcurso de dos ciclos biológicos.
4. Que, en virtud de lo dispuesto en el Nº 3 de la resolución Nº 3.513/1995, el Servicio está
facultado para adoptar las medidas fitosanitarias que sean necesarias para el control y
erradicación de esta plaga.
5. Que, debe entenderse por área reglamentada, aquella, en la que plantas, productos
vegetales y otros artículos reglamentados, que ingresan a ella, se mueven dentro y provengan de
la misma, están sujetas a medidas fitosanitarias.
6. Que, para el caso de la “Mosca del Mediterráneo [Ceratitis capitata (Wied)], dicha área
reglamentada corresponde a una superficie cubierta por un radio de 7,2 km alrededor de las
detecciones.
Sitio Web: www.diarioficial.cl
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
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