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Designa integrantes del comité científico asesor para el cambio climático creado por el artículo 19 de la ley nº 21.455 para el período que indica núm. 5.- santiago, 3 de febrero de 2026. visto: lo di
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 2 de septiembre de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN
DESIGNA INTEGRANTES DEL COMITÉ CIENTÍFICO ASESOR PARA EL CAMBIO
CLIMÁTICO CREADO POR EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY Nº 21.455 PARA EL
PERÍODO QUE INDICA
Núm. 5.- Santiago, 3 de febrero de 2026.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 del decreto supremo Nº 100, de 2005, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº
1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 21.455, Marco de Cambio Climático; la ley
Nº 21.105, que crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación; la ley Nº
19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el decreto supremo Nº 15, de 2023, del
Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, que aprueba reglamento que fija
las normas para el funcionamiento interno y conformación del Comité Científico Asesor para el
Cambio Climático; el decreto supremo Nº 27, de 2024, del Ministerio de Ciencia, Tecnología,
Conocimiento e Innovación, que designa integrantes del Comité Científico Asesor para el
Cambio Climático; la resolución ministerial exenta Nº 17, de 2025, del citado Ministerio, que
aprueba bases de convocatoria y selección de los integrantes del Comité Científico Asesor para
el Cambio Climático, período 2026-2029, y la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría
General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1. Que, el artículo 19 de la ley Nº 21.455, Marco de Cambio Climático, crea el Comité
Científico Asesor para el Cambio Climático, en adelante e indistintamente “el Comité”, como un
órgano asesor del Ministerio del Medio Ambiente en los aspectos científicos que se requieran,
entre otros, para la elaboración, diseño, implementación y actualización de los instrumentos de
gestión del cambio climático establecidos en esa ley.
De acuerdo a la referida disposición legal, el Comité estará integrado por once miembros,
quienes durarán tres años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser designados por nuevos
períodos, y ser renovados por parcialidades.
2. Que, el artículo segundo transitorio del decreto supremo Nº 15, de 2023, del Ministerio
de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, que fija las normas para el funcionamiento
interno y conformación del Comité Científico Asesor para el Cambio Climático, establece que en
la primera designación se nombrarán cinco integrantes por el periodo de un año y seis meses
-correspondiendo al Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación designar a
tres integrantes y al del Medio Ambiente elegir a dos- y seis integrantes por el periodo de tres
años, eligiendo cada ministerio a tres miembros.
3. Que, en virtud de la norma citada en el considerando precedente, mediante el decreto
supremo Nº 27, de 2024, del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación,
tomado de razón por la Contraloría General de la República con fecha 23 de junio de 2025, se
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designó a contar del 3 de julio de 2024 y por el plazo de un año y seis meses, a cinco integrantes
del Comité, tres de ellos nombrados por el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e
Innovación y dos integrantes nombrados por el Ministerio del Ambiente.
4. Que, atendido que el período por el cual fueron designados los cinco de los integrantes
del Comité recién referidos expiraba el 3 de enero de 2026 y, siguiendo el procedimiento
dispuesto en el citado decreto supremo Nº 15, de 2023, mediante la resolución ministerial exenta
Nº 17, de 2025, del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación suscrita,
además, por la Ministra del Medio Ambiente, se aprobaron bases para la convocatoria y
selección de los integrantes del Comité, período 2026-2029, extendiéndose el proceso de
convocatoria entre el 6 de octubre y el 9 de diciembre de 2025, en el que se presentaron 61
postulantes.
5. Que, la citada resolución ministerial exenta Nº 17, de 2025, definió dos etapas para
realizar la evaluación y selección de los integrantes del Comité. En la Etapa 1 “Evaluación de
Competencias”, los postulantes fueron evaluados en base a su experiencia en cambio climático
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