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Modifica Resolución Nº 32 Exenta de 2021, del Ministerio de Salud, Que Aprueba Modificación del Arancel de Intervenciones Sanitarias Ambulatorias para la Modalidad de At

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 3 de septiembre de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE SALUD Subsecretaría de Salud Pública MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 32 EXENTA DE 2021, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE APRUEBA MODIFICACIÓN DEL ARANCEL DE INTERVENCIONES SANITARIAS AMBULATORIAS PARA LA MODALIDAD DE ATENCIÓN INSTITUCIONAL, EN EL SENTIDO QUE INDICA Núm. 1.034 exenta.- Santiago, 27 de agosto de 2026. (Resolución) Visto: Lo solicitado por ordinario Nº 20586/2026, del Director del Fondo Nacional de Salud; la ley Nº 21.796 Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2026; el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979, y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; la resolución exenta Nº 32, de 8 de enero de 2021, que aprueba el arancel de intervenciones sanitarias ambulatorias para la Modalidad de Atención Institucional; la resolución exenta Nº 351, de 2026, que determina los listados de drogas oncológicas no GES y de drogas de alto costo del Ministerio de Salud, y la resolución Nº 36, de 2026, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Considerando: 1. Que mediante resolución exenta Nº 32, de 2021, del Ministerio de Salud, se aprobó el arancel de intervenciones sanitarias ambulatorias para la Modalidad de Atención Institucional. 2. Que, el referido arancel es un mecanismo de pago directo a la red pública, compuesto por intervenciones sanitarias, las que representan un grupo de prestaciones destinadas a la resolución de una etapa de la enfermedad. 3. Que, el arancel considera como prioridad establecer mecanismos de pago que apunten a la eficiencia de los recursos y a incentivar el equilibrio financiero de los establecimientos de la red pública de salud, para lo cual es relevante actualizar los valores a transferir, entendiendo que los costos de las intervenciones sanitarias son variables en el tiempo. 4. Que, por su parte, la priorización de intervenciones sanitarias ambulatorias de alto impacto sanitario es un mecanismo que ayuda a mitigar listas de espera en la red pública. Asimismo, contribuye a consolidar y mantener equipos clínicos en cada uno de los establecimientos que son parte del desarrollo de las intervenciones sanitarias priorizadas en este arancel. 5. Que, también se debe considerar la creación de incentivos para los prestadores públicos en la resolución de prestaciones asociadas a las Garantías Explícitas de Salud, en aquellas intervenciones sanitarias de carácter ambulatorio. Ello, en atención a que estas prestaciones son fundamentales para la solución de problemas de salud en cada una de las etapas de atención, pudiendo ser de diagnóstico, tratamiento y seguimiento de la enfermedad en los pacientes. 6. Que, mediante el decreto supremo Nº 29, de 30 de mayo de 2025, que aprueba Garantías Explícitas en Salud del Régimen General de Garantías, se introducen modificaciones a dichas garantías, a contar del 1 de diciembre de 2025, que obligan a adecuar el Arancel de Intervenciones Sanitarias Ambulatorias para la Modalidad de Atención Institucional, a fin de asegurar su correcta implementación y aplicación. Sitio Web: www.diarioficial.cl 7. Que, para ello se han debido actualizar las prestaciones en conformidad con su mecanismo de pago, identificando prestaciones que no se consideran de resolución ambulatoria por corresponder a prestaciones proporcionadas en el ámbito de atención cerrada, respecto de las cuales aplica el mecanismo de Grupos Relacionados de Diagnóstico (GRD). 8. Que, en base a las consideraciones expuestas, dicto la siguiente: Resolución: 1. Modifíquese la resolución exenta Nº 32, de 2021, del Ministerio de Salud, que aprueba el Arancel de Intervenciones Sanitarias Ambulatorias para la Modalidad de Atención Institucional, en el siguiente sentido: 1. En el Título I Drogas o esquemas oncológicos No GES, incorpórense las siguientes intervenciones sanitarias ambulatorias: TRASPLANTE DE MÉDULA ADULTO ALOGÉNICO Código 2506151 2506152 Glosa 2026 Seguimiento 3° año, insumos, exámenes, procedimientos, consultas, medicamentos Seguimiento 4° año y más, insumos, exámenes, procedimientos, consultas, medicamentos Valor decreto N°29 2026 ($) 1.897.680 2.004.800 2. En el Título II, Drogas o esquemas oncológicos de Alto Costo, incorpórense las siguientes Prestaciones No GES: Código 2908144 Glosa 2026 Nivolumab-Ipilimumab (Ciclo)** Valor Decreto N°29 2026 ($) 8.682.499

Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.

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MINISTERIO DE SALUD