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Modifica Resolución Nº 32 Exenta de 2021, del Ministerio de Salud, Que Aprueba Modificación del Arancel de Intervenciones Sanitarias Ambulatorias para la Modalidad de At
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 3 de septiembre de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE SALUD
Subsecretaría de Salud Pública
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 32 EXENTA DE 2021, DEL MINISTERIO DE SALUD,
QUE APRUEBA MODIFICACIÓN DEL ARANCEL DE INTERVENCIONES
SANITARIAS AMBULATORIAS PARA LA MODALIDAD DE ATENCIÓN
INSTITUCIONAL, EN EL SENTIDO QUE INDICA
Núm. 1.034 exenta.- Santiago, 27 de agosto de 2026.
(Resolución)
Visto:
Lo solicitado por ordinario Nº 20586/2026, del Director del Fondo Nacional de Salud; la ley
Nº 21.796 Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2026; el decreto con fuerza de ley
Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado
del decreto ley Nº 2.763, de 1979, y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; la resolución exenta Nº
32, de 8 de enero de 2021, que aprueba el arancel de intervenciones sanitarias ambulatorias para
la Modalidad de Atención Institucional; la resolución exenta Nº 351, de 2026, que determina los
listados de drogas oncológicas no GES y de drogas de alto costo del Ministerio de Salud, y la
resolución Nº 36, de 2026, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre
exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1. Que mediante resolución exenta Nº 32, de 2021, del Ministerio de Salud, se aprobó el
arancel de intervenciones sanitarias ambulatorias para la Modalidad de Atención Institucional.
2. Que, el referido arancel es un mecanismo de pago directo a la red pública, compuesto por
intervenciones sanitarias, las que representan un grupo de prestaciones destinadas a la resolución
de una etapa de la enfermedad.
3. Que, el arancel considera como prioridad establecer mecanismos de pago que apunten a
la eficiencia de los recursos y a incentivar el equilibrio financiero de los establecimientos de la
red pública de salud, para lo cual es relevante actualizar los valores a transferir, entendiendo que
los costos de las intervenciones sanitarias son variables en el tiempo.
4. Que, por su parte, la priorización de intervenciones sanitarias ambulatorias de alto
impacto sanitario es un mecanismo que ayuda a mitigar listas de espera en la red pública.
Asimismo, contribuye a consolidar y mantener equipos clínicos en cada uno de los
establecimientos que son parte del desarrollo de las intervenciones sanitarias priorizadas en este
arancel.
5. Que, también se debe considerar la creación de incentivos para los prestadores públicos
en la resolución de prestaciones asociadas a las Garantías Explícitas de Salud, en aquellas
intervenciones sanitarias de carácter ambulatorio. Ello, en atención a que estas prestaciones son
fundamentales para la solución de problemas de salud en cada una de las etapas de atención,
pudiendo ser de diagnóstico, tratamiento y seguimiento de la enfermedad en los pacientes.
6. Que, mediante el decreto supremo Nº 29, de 30 de mayo de 2025, que aprueba Garantías
Explícitas en Salud del Régimen General de Garantías, se introducen modificaciones a dichas
garantías, a contar del 1 de diciembre de 2025, que obligan a adecuar el Arancel de
Intervenciones Sanitarias Ambulatorias para la Modalidad de Atención Institucional, a fin de
asegurar su correcta implementación y aplicación.
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7. Que, para ello se han debido actualizar las prestaciones en conformidad con su
mecanismo de pago, identificando prestaciones que no se consideran de resolución ambulatoria
por corresponder a prestaciones proporcionadas en el ámbito de atención cerrada, respecto de las
cuales aplica el mecanismo de Grupos Relacionados de Diagnóstico (GRD).
8. Que, en base a las consideraciones expuestas, dicto la siguiente:
Resolución:
1. Modifíquese la resolución exenta Nº 32, de 2021, del Ministerio de Salud, que aprueba el
Arancel de Intervenciones Sanitarias Ambulatorias para la Modalidad de Atención Institucional,
en el siguiente sentido:
1. En el Título I Drogas o esquemas oncológicos No GES, incorpórense las siguientes
intervenciones sanitarias ambulatorias:
TRASPLANTE DE MÉDULA ADULTO ALOGÉNICO
Código
2506151
2506152
Glosa 2026
Seguimiento 3° año, insumos, exámenes, procedimientos, consultas,
medicamentos
Seguimiento 4° año y más, insumos, exámenes, procedimientos, consultas,
medicamentos
Valor decreto
N°29 2026 ($)
1.897.680
2.004.800
2. En el Título II, Drogas o esquemas oncológicos de Alto Costo, incorpórense las
siguientes Prestaciones No GES:
Código
2908144
Glosa 2026
Nivolumab-Ipilimumab (Ciclo)**
Valor Decreto N°29 2026 ($)
8.682.499
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
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