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Declara Monumento Nacional, en la Categoría de Monumento Histórico, El Memorial “homenaje a los Mineros Fallecidos en la Catástrofe del Humo”, Comuna de Rancagua,

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 8 de septiembre de 2026

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MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO Subsecretaría del Patrimonio Cultural DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO, EL MEMORIAL “HOMENAJE A LOS MINEROS FALLECIDOS EN LA CATÁSTROFE DEL HUMO”, COMUNA DE RANCAGUA, REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O’HIGGINS Núm. 76 exento.- Santiago, 26 de agosto de 2026. Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 3° N° 25 de la ley N° 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley N° 17.288, que legisla sobre Monumentos Nacionales, modifica las leyes N° 16.617 y N° 16.719, deroga el decreto ley N° 651, de 17 de octubre de 1925; en el decreto supremo N° 11, de 2018, que modifica el decreto supremo N° 19, de 2001, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en acta de sesión ordinaria de fecha 22.07.2026 del Consejo de Monumentos Nacionales; en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, y en los antecedentes que obran en el expediente de declaratoria. Considerando: 1. Que, la solicitud de declaración de Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, del Memorial “Homenaje a los mineros fallecidos en la Catástrofe del Humo”, ubicado en el Cementerio N° 2 de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins fue presentada mediante carta de fecha 07.10.2024, suscrita por representantes de la Junta de Vecinos “Oscar Castro”. Posteriormente, con fecha 08.05.2025, los solicitantes presentaron antecedentes complementarios y precisaron el alcance de la solicitud. 2. Que, la catástrofe del humo ocurrió el 19.06.1945. El accidente se originó por las emanaciones de monóxido de carbono producidas por el incendio de una fragua ubicada en uno de los portales de acceso a la mina, en el nivel Teniente 1. En ella fallecieron 355 trabajadores, mientras que 747 quedaron heridos. Las víctimas promediaban los 31 años, y muchos estaban casados, por lo que la tragedia dejó 150 viudas y 420 huérfanos de padre. A los funerales asistieron más de 25.000 personas, y contaron con la presencia del Presidente de la República Juan Antonio Ríos. El impacto de la tragedia marcó profundamente a los trabajadores del El Teniente y a la comunidad de Rancagua, por lo que continúa siendo recordado hasta el día de hoy, incluso en las capacitaciones de seguridad que debe realizar el personal para trabajar en la mina. 3. Que, la gravedad de los acontecimientos impulsó el pago de indemnizaciones y reformas en la legislación sobre accidentes del trabajo y al Código de Minería. Se le considera hasta hoy el accidente minero más mortífero registrado en una mina metalífera a nivel mundial. 4. Que, la solicitud de declaratoria incluye el sector de las tumbas y el memorial, al interior del Cementerio N° 2 de Rancagua. Sitio Web: www.diarioficial.cl 5. Que, como valores que sustentan la solicitud de declaración como Monumento Histórico, el Consejo de Monumentos Nacionales reconoce específicamente los siguientes: • Valor histórico: la catástrofe constituye uno de los accidentes más trágicos de la minería mundial y contribuyó a impulsar reformas en materia de higiene industrial, prevención de riesgos y seguridad laboral. • Valor conmemorativo y social: el memorial constituye un homenaje permanente a los mineros fallecidos, preserva su memoria y contribuye a la identidad histórica y cultural de la región. • Valor comunitario: desde 1946 se realiza una romería anual al Cementerio N° 2, práctica conmemorativa que fortalece los vínculos entre generaciones y reafirma el compromiso con la seguridad laboral. 6. Los atributos que presenta el bien y que se reconocen por el Consejo de Monumentos Nacionales, son los siguientes: • Conjunto conmemorativo: monolito con 20 placas de bronce y su entorno inmediato, conformado como una pequeña plaza. • Conjunto funerario: sepulturas de hormigón comprendidas dentro del polígono propuesto.

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