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Modifica Plazo Otorgado para Presentación de Solicitudes de Registro de Sistemas Especiales de Puntería
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 10 de septiembre de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Subsecretaría para las Fuerzas Armadas / Dirección General de Movilización Nacional
MODIFICA PLAZO OTORGADO PARA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE
REGISTRO DE SISTEMAS ESPECIALES DE PUNTERÍA
Núm. 1.984 exenta.- Santiago, 12 de agosto de 2026.
(Resolución)
Vistos:
1. Lo dispuesto en el artículo 103 de la Constitución Política de la República de Chile.
2. Lo señalado en la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos que rigen
los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
3. Lo dispuesto en la ley Nº 17.798, sobre "Control de Armas".
4. Las disposiciones del artículo Nº 175 del Reglamento Complementario de la Ley de
Control de Armas.
5. La resolución Nº 36, de fecha 19.Dic.2024, de la Contraloría General de la República,
sobre exención del trámite de toma de razón; la resolución Nº 8, de fecha 12.Abr.2025, y la
resolución Nº 3, de fecha 26.Ene.2026 que modifican y complementan la resolución Nº 36, de la
Contraloría.
6. La resolución D.G.M.N. Nº 3.611-1.608/2024, del 11.Dic.2024, publicada en el Diario
Oficial Nº 44.030 el 21.Dic.2024.
Considerando:
1. Que, mediante la resolución de Vistos Nº 6, se dispusieron diversas medidas destinadas a
que los usuarios de la Ley de Control de Armas cumplieran con sus obligaciones relacionadas
con esta, establecidas particularmente respecto del registro de aparatos especiales de puntería a
los que se refiere el artículo referido en la norma reglamentaria de Vistos Nº 4.
2. Que, una de las disposiciones en cuestión dice relación con el plazo otorgado a los
usuarios de la Ley de Control de Armas para registrar aparatos especiales de puntería que
hubieren adquirido con anterioridad a la publicación del reglamento de la ley en cuestión,
ocurrido en el mes de diciembre de 2023.
3. Que, se ha evidenciado la necesidad, para efectos de mejor servicio y para el íntegro
cumplimiento de las normas reglamentarias relacionadas en comento, la necesidad de ampliar el
plazo otorgado en la resolución de Vistos Nº 6 para el registro de los elementos mencionados.
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