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Declara Desierto El Concurso Público de Selección para Proveer El Cargo de Director/a Ejecutivo/a del Servicio Local de Educación Pública de Chinchorro, Directivo de Primer
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 10 de septiembre de 2026
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación
DECLARA DESIERTO EL CONCURSO PÚBLICO DE SELECCIÓN PARA PROVEER
EL CARGO DE DIRECTOR/A EJECUTIVO/A DEL SERVICIO LOCAL DE
EDUCACIÓN PÚBLICA DE CHINCHORRO, DIRECTIVO DE PRIMER NIVEL
JERÁRQUICO
Núm. 187.- Santiago, 7 de agosto de 2026.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 32, N° 10, de la Constitución Política de la República de Chile;
en la ley N° 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública; en la ley N° 19.882, que regula la
nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; en el DFL N° 1-19.653, de
2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado
y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado; en el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el
texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo;
en el DFL N° 39, de 2018, de este origen, que fija planta de personal del Servicio Local de
Educación Pública de Chinchorro, que comprende las comunas de Arica, Camarones, Putre y
General Lagos y otras materias que indica; en el decreto N° 72, de 2018, que fija denominación,
ámbito de competencia territorial, domicilio y calendario de instalación con las fechas en que
iniciarán funciones los servicios locales de educación pública que indica; en el oficio Ord. N°
480, de 19 de noviembre de 2025, del Ministerio de Educación, que solicita iniciar concursos que
indica; en el oficio Gab. Pres. N° 1.113, de 30 de julio de 2026, que declara desierto el proceso
de selección destinado a proveer el cargo de Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación
Pública de Chinchorro; y, en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la
República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
Que, la ley N° 21.040, crea el Sistema de Educación Pública. Esta ley, conocida también
como Nueva Educación Pública, da origen a una nueva institucionalidad integrada por el
Ministerio de Educación, la Dirección de Educación Pública (DEP), los Servicios Locales de
Educación Pública (SLEP) y los establecimientos educacionales de su dependencia.
Que, en virtud de lo anterior, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 16 de la citada
ley, los mentados Servicios Locales de Educación Pública (SLEP), son órganos públicos,
funcional y territorialmente descentralizados, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que
se relacionan con el Presidente de la República, a través de este Ministerio de Educación.
Enseguida, su artículo 21 prescribe que la dirección y administración de cada Servicio Local
estará a cargo de un/a Director/a Ejecutivo/a, quien será el/la jefe/a superior del servicio y es
nombrado por el Sr. Presidente de la República, mediante el proceso de selección de altos
directivos públicos, previsto en el párrafo 3° del Título VI de la ley N° 19.882, con las reglas
especiales que dicho artículo señala.
Que, por su parte, el DFL N° 39, de 2018, de este origen, que fija planta de personal del
Servicio Local de Educación Pública de Chinchorro, que comprende las comunas de Arica,
Camarones, Putre y General Lagos y otras materias que indica, establece en su artículo 1, literal
A), numeral 1, el cargo de Director/a Ejecutivo/a, grado 4° EUS, de la planta de directivos de
primer nivel jerárquico, Título VI, de la ley N° 19.882.
Sitio Web: www.diarioficial.cl
Que, el decreto N° 72, de 2018, del Ministerio de Educación, establece en el artículo 3 que
el SLEP en comento iniciará sus funciones el día 3 de enero de 2019. A su vez, el artículo octavo
transitorio de la ley N° 21.040, señala que el traspaso de los SLEP se producirá el 1 de enero del
año subsiguiente a la fecha de entrada en funcionamiento del mismo.
Luego, mediante el oficio ordinario N° 480, de 19 de noviembre de 2025, del Ministerio de
Educación, se solicitó iniciar los concursos de los cargos directivos de primer nivel jerárquico, es
decir, Director/a Ejecutivo/a, del Servicio Local de Educación Pública de Chinchorro, entre
otros.
Que, el Presidente de la República por Gab. Pres. N° 1.113, de 30 de julio de 2026, declaró
desierto el proceso de selección destinado a proveer el cargo de Director/a Ejecutivo/a del
Servicio Local de Educación Pública de Chinchorro.
Finalmente, y al tenor de lo establecido en el artículo quincuagésimo primero de la ley N°
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
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